Condenaron al ex jefe comunal de La Reforma a devolver $2,5 millones
Aunque no está más en el cargo, el organismo de control lo sancionó por irregularidades durante su mandato. Su sucesor, Elías Colado, también fue multado.
El juez de audiencia de Santa Rosa, Gastón Boulenaz, declaró hoy a Hugo Edgardo Pernini autor material y penalmente responsable de los delitos de abuso sexual simple, gravemente ultrajante y con acceso carnal; agravado por ser ministro de un culto religioso reconocido; mediando abuso coactivo o intimidatorio de una relación de autoridad y poder, todo como delito continuado. La víctima fue un joven que, al momento de los hechos, tenía 17 años.
Judiciales 07 de diciembre de 2021 InfoTec 4.0La audiencia para la imposición de la pena fue fijada para el jueves 16, a las 8, teniendo las partes cinco días para ofrecer las pruebas que consideren necesarias. Ello es así porque la defensa, ejercida por la abogada particular Vanessa Ranocchia Ongaro, había requerido que el proceso se desarrollara como un juicio de cesura; es decir que el debate sea dividido en dos partes. Ese procedimiento es posible cuando, en teoría, la pena máxima supera los seis años de prisión.
Además, Boulenaz dispuso el arresto domiciliario del acusado hasta la finalización del presente proceso, con control electrónico de vigilancia. En caso de que ello no sea factible, deberá practicarse un control policial consistente “en la concurrencia a su vivienda en forma espontánea y diaria –al menos en dos oportunidades-; teniendo que informarse de esos controles a la Oficina Judicial” de Santa Rosa.
Asimismo mantuvo las prohibiciones de contacto –por cualquier medio– con respecto a la víctima y a los testigos, en los términos en que lo había resuelto, oportunamente, el juez de control, Carlos Chapalcaz.
El último punto de la parte resolutoria de la sentencia fue no hacer lugar al planteo de prescripción de la acción penal que había solicitado la defensora.
“Múltiples episodios”.
Con las pruebas reunidas durante el juicio oral, Boulenaz descartó la inocencia del sacerdote. Por el contrario, afirmó que los abusos ocurrieron, tal cual había sido la teoría del caso del fiscal Walter Martos.
El juez señaló que Pernini “abusó sexualmente mediante tocamientos, sexo anal y oral” al joven de 17 años (ya había cumplido 18 cuando los abusos concluyeron), agregando que ello ocurrió entre mayo y diciembre de 2007 “dentro del predio de la Iglesia Nuestra Señora de Luján, cita en López de Vega y Leguizamón, en Santa Rosa; más precisamente en los departamentos en los cuales residía el imputado, por ser el sacerdote a cargo de dicha iglesia”.
El magistrado detalló que “allí existieron múltiples episodios, siendo el primero en el departamento de huéspedes, ubicado frente a la casa parroquial (…) Con posterioridad, los abusos ocurrieron casi a diario”.
“Este tipo de abusos fueron reiterados –incluso uno de ellos en la ciudad de Buenos Aires– hasta el mes de julio de 2007, para luego continuar bajo la modalidad de tocamientos –tal como lo ocurrido a fines de diciembre de ese año–; momento en el que se presentaba el pesebre viviente”, indicó Boulenaz.
Con relación a la prescripción, la defensa de Pernini había sostenido que el último acto en contra de la víctima habría ocurrido el 9 de julio de 2007 y, por lo tanto, al momento de la denuncia la acción penal ya estaba prescripta porque había pasado el plazo máximo de 12 años.
El tribunal, por el contrario, afirmó que los “los delitos fueron perpetrados de forma continuada” y, por esa razón, la prescripción había que analizar en función del artículo 63 del Código Penal. En tal sentido, indicó que la cesación de los delitos se produjo el fin de semana anterior a la Navidad de 2007, con el llamado a prestación declaración de imputado, el 6 de diciembre de 2019, se interrumpió el término de la prescripción.
Aunque no está más en el cargo, el organismo de control lo sancionó por irregularidades durante su mandato. Su sucesor, Elías Colado, también fue multado.
Por un acuerdo entre las partes, se le aplicó a un joven realiquense una condena a tres años de prisión de ejecución condicional e inhabilitación especial para conducir todo tipo de vehículos con motor por el termino de cuatro años. El condenado había embestido con su auto a un peatón que caminaba por la calle el 24 de septiembre del pasado año.
El juez de audiencia de juicio de General Pico, Marcelo Pagano, condenó a Nazareno Ezequiel Díaz, de 31 años, por considerarlo autor material y penalmente responsable del delito de portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal agravada; a la pena de cuatro años de prisión, con declaración de reincidencia.
La Sala "B" del Tribunal de Impugnación Penal de Santa Rosa confirmó la condena por abuso sexual simple dictada en primera instancia por la Audiencia de Juicio de la Segunda Circunscripción Judicial.
El pasado 3 de abril un hombre se hizo presente en la Comisaría Departamental Santa Isabel para radicar una denuncia de un hurto millonario. Le habían llevado de su ropero que está ubicado en su habitación una cartera color negra que en su interior tenía más de 10 millones de pesos en moneda estadounidense, chilena y europea.
El acusado embistió con su auto a la víctima luego de una discusión en un bar, a raíz de las lesiones sufridas debieron amputarle una pierna. La jueza de audiencia de juicio de General Pico, María José Gianinetto, condenó a C. A. Fredes, de 26 años, como autor del delito de lesiones gravísimas culposas, agravadas por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo con motor; a tres años de prisión en suspenso y tres de inhabilitación para conducir vehículos automotores.
El día domingo, en el Parque Rojo del Club Sportivo, se puso en marcha la Liga Provincial de Futbol Municipal con encuentros de la Zona A.
La jueza de audiencia de juicio de General Pico, María José Gianinetto, condenó a Cristian Alexis Fredes, de 26 años, como autor del delito de lesiones gravísimas culposas, agravadas por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo con motor; a tres años de prisión en suspenso y tres de inhabilitación para conducir vehículos automotores. Además le estableció como reglas de conducta por el término de dos años, fijar domicilio y no ausentarse del mismo o modificarlo sin dar previo aviso a la Unidad de Abordajes, Supervisión y Orientación para personas en conflicto con la Ley; y realizar un curso de manejo, el que deberá estar concluido antes de obtener su rehabilitación.
Dos hombres que serían hermanos le propinaron una golpiza a otro joven que se moviliza en silla de ruedas. Según versiones extraoficiales de testigos que observaron la reyerta indicaron que la misma se dio, según las afirmaciones de los atacantes, a raíz de que el joven previamente habría agredido físicamente a la madre de ambos, provocando que la mujer debiera ser llevada a un centro de salud local.
El siniestro ocurrió en ruta provincial 7 entre las localidades de Metileo y Villa Mirasol. Los vehículos involucrados son un furgón Ducato y un tractor. Los dos vehículos circulaban en la misma dirección. Trabajó personal policial y también bomberos voluntarios.
Tras hackear esta mañana en teléfono de una empresa realiquense, los delincuentes se hicieron de los contactos y rápidamente inundaron los teléfonos allí agendados a la pesca de algún desprevenido que transfiriera dinero a cambio de la promesa de entregarles 800 dólares.