
Salario mínimo: el Gobierno fijó aumentos escalonados hasta agosto de 2026
El Ejecutivo nacional definió nuevamente de manera unilateral la remuneración para todos los trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo


La medida, que había sido anticipada por Martín Guzmán tras los reclamos de Sergio Massa, se hizo efectiva a partir de la publicación en el Boletín Oficial de Decreto 298/2022.
Nacionales07/06/2022
InfoTec 4.0






Casi dos semanas después de que el ministro de Economía, Martín Guzmán, lo anunciara en la Casa Rosada, el Gobierno confirmó este martes el nuevo piso del Impuesto a las Ganancias, que desde junio es de $280.792. La medida se hizo efectiva a partir de la publicación en el Boletín Oficial de Decreto 298/2022.


Con la firma del presidente Alberto Fernández, del jefe de gabinete, Juan Manzur y del propio titular del Palacio de Hacienda, las autoridades nacionales informaron que ese será el límite a partir del cual quedarán alcanzado por este gravamen los salarios brutos durante el actual periodo fiscal.
Además, se aclaró que “para el caso de las rentas mencionadas en los incisos a), b) y c) del artículo 82 de la ley”, quienes no superen ese monto mensual “deberán adicionar a la deducción del apartado 2 del inciso c) del artículo 30 de la citada norma legal, un monto equivalente al que surja de restar a la ganancia neta las deducciones de los incisos a), b) y c) del citado artículo 30, de manera tal que será igual al importe que -una vez computada- determine que la ganancia neta sujeta a impuesto sea igual a cero”.
En tanto, quienes excedan esa cifra pero no lleguen a una remuneración o haber mayor de $324.182, inclusive, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) “será la encargada de establecer el monto deducible adicional pertinente, conforme lo prevé la segunda parte del anteúltimo párrafo del inciso c) del artículo 30 de la ley del impuesto”.
Asimismo, se anticipó que el organismo conducido por Mercedes Marcó del Pont “adecuará las disposiciones referidas al régimen de retención aplicable, en virtud de las modificaciones introducidas” a partir del incremento del mínimo no imponible de Ganancias.
Por último, se ratificó que “las disposiciones del presente decreto entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial y resultarán de aplicación para las remuneraciones y/o haberes brutos mensuales devengados a partir del 1° de junio de 2022, inclusive”.
La suba del piso desde el que se paga este impuesto, que hasta ahora era de $225.000, había sido reclamada en varias oportunidades por el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, quien a lo largo de las últimas semanas le envió una serie de cartas a Guzmán señalando la necesidad de implementar este incremento antes del pago del medio aguinaldo.
Finalmente, el ministro de Economía anunció el 27 de mayo pasado este incremento, luego de una reunión que mantuvo en la Casa Rosada con el líder del Frente Renovador y los cosecretarios generales de la Confederación General del Trabajo (CGT), Héctor Daer, Pablo Moyano y Carlos Acuña.
Después de aquella reunión, Massa destacó que Alberto Fernández haya tomado esta medida que busca frenar la caída del poder adquisitivo debido a la inflación: “Como Estado tenemos que hacer un esfuerzo para que el trabajador no pierda al momento de pagar los impuestos. La suba del mínimo no imponible nos permite mantener la idea de que el salario no es ganancia, sino remuneración”, afirmó.
En los considerandos del Decreto publicado este martes, el Gobierno señal{o que resultaba “necesario anticipar parcialmente, y hasta su completa aplicación, la actualización anual” de los mínimos no imponibles de este gravamen, con el objetivo de “evitar que la carga tributaria neutralice los beneficios vigentes y en consonancia con “la correspondiente política salarial”.





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