El lunes se realiza la audiencia de pedido de penas en el caso Lucio

El próximo lunes se realizará una audiencia por el caso Lucio Dupuy donde las partes realizarán un alegato para el pedido de pena que le corresponde a las autoras del crimen del niño de 5 años: su mamá Magdalena Espósito Valenti, y su pareja, Abigail Páez. Recién ese día se conocerá la fecha en que se conocerá el monto de la pena, aunque no queda otro camino que el de la prisión perpetua para ambas porque el pasado 2 de febrero fueron declaradas culpables del homicidio agravado. 

Provinciales10/02/2023INFOTEC 4.0INFOTEC 4.0
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Desde el Superior Tribunal de Justicia informaron que la audiencia del próximo lunes por el caso Lucio no será pública "Esa audiencia será una continuación del juicio, que fue oral pero no público porque en la acusación se incluyó el delito de abuso sexual", señalaron, y explicaron que "en la audiencia del lunes se escucharán los alegatos de las partes sobre los pedidos de pena a las acusadas. Al concluir la audiencia, el Tribunal anunciará la fecha de lectura de sentencia para la fijación de las penas".

Este procedimiento desdoblado del proceso se denomina juicio de cesura y está previsto en el artículo 343 del Código Procesal Penal de La Pampa. El lunes, cuando concluya la audiencia, fijarán la fecha de lectura de sentencia. De todos modos, no confirmaron aún si la lectura de sentencia será pública o directamente se subirá la sentencia al sistema informático.

Los jueces Aníbal Olié, Alejandra Ongaro y Daniel Sáez Zamora dictaron el fallo el pasado 2 de febrero. Espósito Valenti, de 24 años, fue considerada "autora material y penalmente responsable del delito de homicidio triplemente calificado por el vínculo, alevosía y ensañamiento", mientras que Páez, de 27, fue hallada "autora material y penalmente responsable del delito de homicidio doblemente calificado por alevosía y ensañamiento en concurso real con el delito de abuso sexual con acceso carnal por vía anal ejecutado con un objeto fálico agravado por tratarse de la guardadora y por haberse cometido contra un menor de 18 años de edad aprovechando la situación de convivencia como delito continuado". Valenti, por su parte, fue absuelta "por el hecho de abuso sexual agravado por el que fuera oportunamente acusada".

Los magistrados tampoco consideraron la figura de "odio de género" que había planteado también el abogado del padre del menor que se presentó como querellante en el juicio.

Gentileza: El diario

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