
Rafael Di Zeo consiguió una probation por la causa de tenencias de armas de guerra
El pasado 30 de abril en un viaje a Córdoba por la semifinal de la Copa de la Liga, el barrabrava de Boca fue imputado junto a otras 56 personas.
La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Santa Rosa revocó un fallo de primera instancia, hizo lugar a una recurso de apelación presentado por una madre (en nombre de sus hijas), y dispuso que la actualización de la cuota alimentaria –en este caso según la pauta de incremento salarial que se establezca para los empleados de la administración pública provincial– debe pagarse a partir del dictado de la sentencia y no cuando ella quede firme.
Judiciales10 de agosto de 2023“Condicionar su aplicación para la oportunidad en que la sentencia resulte firme, no aparenta ser una medida orientada a resguardar la integridad de la cuota alimentaria fijada a favor” de las hijas de la demandante, dijeron las juezas Marina Álvarez y Laura Torres, integrantes de la Sala 1. Y agregaron: “Ese diferimiento tampoco atiende a priorizar en concreto y en contexto el superior interés de las niñas”.
“Pero además, supeditar ese reajuste para esa ocasión implicaría que no podría serlo hasta tanto se agoten todas las posibles instancias recursivas (como el recurso extraordinario provincial y, en su caso, el recurso extraordinario federal)”, sin contar el propio recurso de apelación, razonaron. Ello también “contradice el efecto devolutivo que rige para las impugnaciones en materia alimentaria y que deriva en que los recursos, independientemente de su eventual progreso, no detienen el cumplimiento de la sentencia”, añadieron las camaristas.
Más adelante, el Tribunal sostuvo que “asimismo, al revisar los términos de la sentencia, a fin de ponderar los motivos por los cuales se consideró esa decisión, pudo observarse que los considerandos se limitaron a efectuar esa determinación, pero sin explicar los motivos”.
Inmediatez.
Álvarez y Torres expresaron que “no se advierte que esa medida se presente adecuada para preservar no solo el valor adquisitivo de los alimentos, sino que a su vez contradice la propia naturaleza de esa prestación, pues ella se orienta a satisfacer las necesidades básicas de las niñas” y subrayaron que la satisfacción debe darse “a la mayor inmediatez”.
La progenitora había planteado que la actualización debía practicarse a partir de la audiencia de conciliación –cuando se presentó la demanda–, indicando que “el derecho alimentario tiene base constitucional y convencional por ser un derecho humano relacionado directamente con el derecho a la vida, pero el problema radica en su efectividad”. Además argumentó la existencia del proceso inflacionario que vive el país y pidió “una respuesta jurisdiccional eficaz y útil en el tiempo”.
La Cámara sostuvo que para la actualización de alimentos entre el momento de presentación de la demanda y la sentencia “se prevén otros mecanismos”, como la aplicación de intereses y lo que establece el artículo 620 del Código Procesal Comercial y Civil de La Pampa sobre alimentos atrasados (“para el pago de los alimentos que se devengaren durante la tramitación del juicio, el juez/a fijará una cuota suplementaria, de acuerdo con las disposiciones sobre inembargabilidad de sueldos, jubilaciones y pensiones, la que se abonará en forma independiente”).​
El pasado 30 de abril en un viaje a Córdoba por la semifinal de la Copa de la Liga, el barrabrava de Boca fue imputado junto a otras 56 personas.
Un juez de General Pico dictó una pena de un año de prisión en suspenso para los progenitores de una joven de 15 años, tras comprobarse agresiones físicas y amenazas reiteradas. La condena se enmarca en un acuerdo de juicio abreviado.
El STJ resolvió por unanimidad presentar una denuncia contra el fiscal general de la Tercera Circunscripción Judicial ante el Jurado de Enjuiciamiento. La medida se debe a hechos ocurridos en Victoria, que han tomado relevancia pública.
El Fiscal General de la Segunda Circunscripción, Armando Agüero, confirmó que inició una investigación penal a partir del video viralizado en el que el fiscal Sebastián Mendiara invita a pelear a un policía y le pide que “no le peguen a los pibitos”.
El juez de audiencia piquense, Federico Pellegrino, declaró la autoría y responsabilidad penal de dos jóvenes que al momento de cometer los hechos eran menores de edad. Dicha sentencia fue la primera que se dictó en General Pico, sede de la Segunda Circunscripción Judicial, en el marco del nuevo Procedimiento Penal para Adolescentes que rige en La Pampa desde agosto de 2023. Por otro lado, el también juez de audiencia Marcelo Pagano, declaró la autoría y responsabilidad penal a otro menor en un segundo juicio realizado bajo la misma norma.
El máximo tribunal finalmente rechazó la solicitud que Lijo había presentado ante la Cámara Federal. El máximo tribunal tomó la decisión luego de sumar a Manuel García-Mansilla como nuevo integrante.
Una mujer adquirió un Fiat Cronos en Laboulaye por 13 mil dólares, pero descubrió que tenía patente melliza y papeles adulterados. La fiscalía investiga el origen del vehículo, que fue secuestrado en Realicó.
En el día de ayer fue finalmente retirado y llevado para desguace uno de los mega motores diésel, generadores de energía que alimentaron durante los años que no hubo red interconectada de electricidad a Realicó. El mismo estaba instalado en la "Sala de Máquinas" de la Cooperativa Eléctrica local, siendo retirado por una empresa recuperadora de materiales.
El incidente ocurrió en la madrugada de hoy en el kilómetro 254, cerca del paraje La Adelina. Ambos conductores resultaron ilesos.
Dos vehículos colisionaron de frente y ambos conductores fallecieron en el lugar.
Un violento choque entre un automóvil y un camión se produjo este sábado por la mañana en la Ruta Nacional 35, a unos 10 kilómetros de Santa Rosa, La Pampa. El conductor del auto quedó atrapado en el vehículo y tuvo que ser rescatado por los bomberos.