La cuota alimentaria deberá pagarse desde la sentencia sin esperar a que quede firme

La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Santa Rosa revocó un fallo de primera instancia, hizo lugar a una recurso de apelación presentado por una madre (en nombre de sus hijas), y dispuso que la actualización de la cuota alimentaria –en este caso según la pauta de incremento salarial que se establezca para los empleados de la administración pública provincial– debe pagarse a partir del dictado de la sentencia y no cuando ella quede firme.

Judiciales10/08/2023InfoTec 4.0InfoTec 4.0
Centro Judicial santa Rosa
Centro Judicial Santa Rosa

“Condicionar su aplicación para la oportunidad en que la sentencia resulte firme, no aparenta ser una medida orientada a resguardar la integridad de la cuota alimentaria fijada a favor” de las hijas de la demandante, dijeron las juezas Marina Álvarez y Laura Torres, integrantes de la Sala 1. Y agregaron: “Ese diferimiento tampoco atiende a priorizar en concreto y en contexto el superior interés de las niñas”.

“Pero además, supeditar ese reajuste para esa ocasión implicaría que no podría serlo hasta tanto se agoten todas las posibles instancias recursivas (como el recurso extraordinario provincial y, en su caso, el recurso extraordinario federal)”, sin contar el propio recurso de apelación, razonaron. Ello también “contradice el efecto devolutivo que rige para las impugnaciones en materia alimentaria y que deriva en que los recursos, independientemente de su eventual progreso, no detienen el cumplimiento de la sentencia”, añadieron las camaristas.

Más adelante, el Tribunal sostuvo que “asimismo, al revisar los términos de la sentencia, a fin de ponderar los motivos por los cuales se consideró esa decisión, pudo observarse que los considerandos se limitaron a efectuar esa determinación, pero sin explicar los motivos”.

Inmediatez.

Álvarez y Torres expresaron que “no se advierte que esa medida se presente adecuada para preservar no solo el valor adquisitivo de los alimentos, sino que a su vez contradice la propia naturaleza de esa prestación, pues ella se orienta a satisfacer las necesidades básicas de las niñas” y subrayaron que la satisfacción debe darse “a la mayor inmediatez”.

La progenitora había planteado que la actualización debía practicarse a partir de la audiencia de conciliación –cuando se presentó la demanda–, indicando que “el derecho alimentario tiene base constitucional y convencional por ser un derecho humano relacionado directamente con el derecho a la vida, pero el problema radica en su efectividad”. Además argumentó la existencia del proceso inflacionario que vive el país y pidió “una respuesta jurisdiccional eficaz y útil en el tiempo”.

La Cámara sostuvo que para la actualización de alimentos entre el momento de presentación de la demanda y la sentencia “se prevén otros mecanismos”, como la aplicación de intereses y lo que establece el artículo 620 del Código Procesal Comercial y Civil de La Pampa sobre alimentos atrasados (“para el pago de los alimentos que se devengaren durante la tramitación del juicio, el juez/a fijará una cuota suplementaria, de acuerdo con las disposiciones sobre inembargabilidad de sueldos, jubilaciones y pensiones, la que se abonará en forma independiente”).​

Te puede interesar
Lo más visto
NAVEGANDO

Vecinos registraron a jóvenes navegando en kayak por un pasaje anegado de Realicó

InfoTec 4.0
Locales29/11/2025

Lectores de Infotec 4.0 compartieron un video casero que muestra una insólita escena ocurrida este sábado en Realicó, tras la caída de 104 milímetros de lluvia acumulada hasta el mediodía. En las imágenes se observa a un grupo de jóvenes desplazándose en kayak por el pasaje Merceditas de San Martín, uno de los sectores que habitualmente presenta anegamientos cuando se registran precipitaciones intensas.

CANAL RIVADAVIA 1 FILE

Realicó: 126 mm y un debate inevitable: ¿alcanzan los desagües?, ¿funcionan como deberían?

Por José Eduardo Sack
Locales30/11/2025

Tras una jornada marcada por un notable aporte pluvial en un período muy corto de tiempo, Realicó volvió a vivir un episodio climático que puso en evidencia las debilidades estructurales de su sistema de desagües urbanos. Hacía mucho que la localidad no registraba una lluvia de estas características: abundante, persistente y concentrada. Afortunadamente, el fenómeno no vino acompañado de granizo ni de fuertes vientos, lo que permitió que los inconvenientes fueran menores y se limitaran principalmente al retraso en el escurrimiento del agua en algunos sectores.

BOMBA ARROCERA PARERA

Tras la intensa tormenta, Parera destacó el funcionamiento del sistema de desagües

InfoTec 4.0
Regionales30/11/2025

La localidad de Parera vivió una de las jornadas de lluvia más intensas del año: durante el sábado se registraron alrededor de 170 milímetros, lo que generó acumulación de agua en distintos sectores urbanos y rurales. Sin embargo, gracias al funcionamiento del sistema de desagües y al trabajo municipal sostenido durante toda la noche, el escurrimiento se dio con relativa normalidad, aseguraron desde el municipio.