Provinciales Por: InfoTec 4.015/11/2019

NOVEDOSO FALLO EN MATERIA DE DERECHOS DEL CONSUMIDOR BANCARIO O FINANCIERO.

La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Santa Rosa hizo lugar parcialmente a un recurso de apelación en una demanda en la que una compañía financiera pretendía secuestrarle un auto a un consumidor en mora, para rematarlo y cobrarse la deuda, sin siquiera otorgarle un mínimo derecho de defensa.


 
Lo novedoso de la resolución de la Sala 3, que está firme, es que le confirió una vista previa al deudor prendario –antes de la subasta–, en base a la protección constitucional a favor de los consumidores que establece el artículo 42 de la Constitución Nacional.
 
Así lo dijeron los jueces Laura Cagliolo y Guillermo Salas: “Los consumidores o usuarios de bienes y servicios cuentan en sus relaciones contractuales –en modo reforzado, operativo y directo– con derechos constitucionales, entre los cuales se encuentra el de procedimientos eficaces para la prevención y solución de sus conflictos”. Y agregaron: “La idea que subyace y que abordamos aquí es la de habilitar instancias que estén más cerca y en línea con la protección al sujeto pasivo –que en la mayoría de los casos personifica la posición contractual más débil–, despejando la consumación eventual de abusos de posición dominante”.
 
La demanda –en el marco de un contrato de adhesión o consumo– fue iniciada por Rombo Compañía Financiera S.A. contra una persona que había adquirido un vehículo y estaba en mora, requiriendo el secuestro del automotor, amparándose en el decreto-ley 15.348 (Ley de Prenda).
 
En primera instancia, el juez civil Pedro Campos, no autorizó el secuestro liso y llano para que el vehículo pudiera ser rematado y, en cambio, dio traslado para que se opusieran defensas o excepciones a dicho planteo. En los hechos ello significaba que el expediente se tramitaría por un juicio común.
 
Rombo apeló ante la Cámara y los jueces Cagliolo-Salas confirmaron “la decisión nuclear” del juez de primera instancia, aunque modificaron “los alcances e implementación de la resolución apelada, para permitir que se logre un mayor grado de seguridad y valor al relacionamiento contractual adhesivo o de consumo vinculable al crédito prendario”, aunque “sin menoscabar a la efectiva y necesaria protección constitucional de los consumidores de productos o servicios bancarios y financieros”.
 
Derechos contrapuestos
 
La Cámara planteó que por un lado la compañía tenía el derecho que la ley le confiere a los acreedores institucionales prendarios (Estado, bancos, financieras autorizadas por el Banco Central, etc.) de pedir directamente –por vía judicial– el secuestro de bienes prendados para su rápida venta en subasta pública extraprocesal (generalmente automotores); pero por el otro, que el usuario o consumidor de servicios financieros o bancarios prendario tiene a su favor la protección constitucional que le permite acceder a una vista previa a que el juez ordene la incautación del vehículo.
 
Así, los camaristas evitaron transformar un pedido de secuestro en una ejecución prendaria común (“como lo había dispuesto exageradamente el juez de la primera instancia”, remarcaron), armonizando la ley prendaria con una necesaria y razonable protección a los consumidores bancarios o financieros.
 
Por ello otro punto novedoso de la resolución es que el tribunal de alzada exigió que, en caso de llegarse al remate del vehículo, se deberá rendir cuentas en el expediente en el que se pide el secuestro prendario, respecto del resultado de la subasta extrajudicial, a efectos de conocer fehacientemente cuánto dinero recupera la financiera y, en su caso, qué importes remanentes deberían restituírsele al deudor. 
 
Más allá de las cuestiones estrictamente técnicas, la Cámara remarcó la necesidad que los jueces “asuman un papel eficaz” en la solución de los conflictos particulares e incluso colectivos y que la solución del caso sea “oportuna”. ¿Cómo? “Generando creativamente mecanismos útiles para la prevención de daños actuales o ulteriores, de quienes contractualmente se muestran en situaciones más débiles o de mayor vulnerabilidad en términos económicos”, señala el fallo.​

Te puede interesar

Destituyeron al intendente de Santa Isabel y asumió María Cabral al frente del municipio

El Concejo Deliberante removió de manera definitiva a Guillermo Farana tras una audiencia pública en la que el jefe comunal suspendido no se presentó a ejercer su descargo. También resolvió dar intervención a la Justicia para investigar posibles delitos vinculados a su gestión.
 

Empresas pampeanas fortalecen vínculos con Vaca Muerta tras una misión comercial en Neuquén y Añelo

Con un balance altamente positivo, finalizó la misión exploratoria organizada por la Agencia I-COMEX La Pampa en Neuquén y Añelo, una iniciativa que reunió a 21 empresas pampeanas interesadas en conocer las oportunidades de negocio que ofrece uno de los polos productivos más importantes del país.

A once años de Ni Una Menos, una multitud marchó en La Pampa contra los femicidios y el retroceso en políticas de género

En el marco del undécimo aniversario del movimiento Ni Una Menos, una multitud se movilizó este martes en las ciudades de Santa Rosa y General Pico para reclamar el fin de la violencia de género, exigir justicia para las víctimas y rechazar el desfinanciamiento de las políticas públicas destinadas a la protección de mujeres y diversidades.

Paso histórico: Carro Quemado ya cuenta con conectividad móvil 4G

Carro Quemado se sumó a las pequeñas comunidades pampeanas que ya lograron conexión móvil de alta velocidad. Este hito es el resultado del trabajo conjunto y la sinergia público-privada entre la empresa estatal de telecomunicaciones Empatel y la firma Claro.

Condenan a un conductor por una muerte y dos heridos graves en un siniestro vial en Algarrobo del Águila

La Justicia de General Pico impuso tres años de prisión en suspenso y siete años de inhabilitación para conducir a un hombre que circulaba a más del doble de la velocidad permitida cuando provocó un choque fatal en la Ruta Nacional 151.
 

Estudiantes de Trenel e Intendente Alvear participaron de simulacros judiciales

Funcionarios judiciales de General Pico desarrollaron talleres del programa “Educación + Justicia”, que incluyeron simulaciones de audiencias penales para acercar a los jóvenes al funcionamiento del sistema judicial.