La Justicia confirmó el procesamiento de Cristina Kirchner en la causa Cuadernos de la Corrupción
La Sala I de la Cámara de Casación desestimó un recurso de queja de la vicepresidenta en el expediente en el que fue enviada a juicio oral.
La Cámara Federal de Casación Penal confirmó el procesamiento de la vicepresidenta de la Nación, Cristina Kirchner, en la causa de los llamados “cuadernos de la corrupción” en la que está enviada a juicio oral y pública. La Sala I del tribunal, por mayoría, no aceptó un planteo contra el rechazo de una serie de nulidades del expediente, contra su procesamiento y su embargo de 1.500.000.000 de pesos.
Fuentes judiciales informaron a Infobae que la defensa de Cristina Kirchner, a cargo del abogado Alberto Beraldi, insistirá en su postura. Presentará en los próximos días un recursos extraordinario ante Casación y si es rechazado irá directamente a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para pedir su sobreseimiento.
La causa cuadernos se inició en 2018 con las anotaciones del chofer del Ministerio de Planificación Federal Oscar Centeno que registraba en un cuadernos los días, hora y lugares a los que llevaba al funcionario Roberto Baratta a buscar dinero de coimas de empresarios que tenían obra pública. El caso derivó en una treintena de arrepentidos, entre empresarios y ex funcionarios, que contaron cómo era el circuito que involucraba a la ex presidenta.
El expediente tuvo diversos planos en los que Cristina Kirchner está procesada por 27 hechos de coima y como jefa de una asociación ilícita y un embargo de 1.500.000.000 de pesos. El expediente fue enviado a juicio oral y se encuentra en el Tribunal Oral Federal 7 a la espera de que se fije la fecha de inicio del proceso.
Mientras tanto hay en recursos pendientes que se analizan en Casación y en la Corte Suprema. Uno de ellos es el que Casación rechazó. Se trata de una queja que la defensa de la vicepresidenta presentó porque la Cámara Federal no aceptó un planteo para llegar a Casación.
“Que la presentación directa en estudio no habrá de prosperar en la medida en que la resolución recurrida no supera el límite de impugnación objetivo previsto por el artículo 457 del Código Procesal Penal de la Nación (CPPN), ya que no se trata de una sentencia definitiva ni de un auto que ponga fin a la acción, a la pena o haga imposible que continúen las actuaciones, o de aquellos que deniegan la extinción, conmutación o suspensión de la pena”, dijo el juez Diego Barroetaveña en su voto.
El magistrado agregó que “del recurso de casación interpuesto por la defensa de Fernández de Kirchner tampoco se observa que se hayan invocado agravios que no se hubiesen oportunamente efectuado a través de planteos independientes que fueron objeto de tratamiento de otros incidentes”. Así, “la impugnación intentada sólo revela una disconformidad con la desestimación dispuesta, que no es suficiente para configurar un supuesto de arbitrariedad o cuestión federal que autorice la apertura de esta instancia casatoria”.
Los cuadernos de la corrupción
En la misma línea opinó el camarista Daniel Petrone. Sostuvo que la defensa de Cristina Kirchner “no logra refutar de forma adecuada en su presentación directa la ausencia del presupuesto objetivo de admisibilidad que se advierte como objeción al recurso de casación intentado”. “Por lo demás, la sola alegación de una situación de gravedad institucional, sin una correcta fundamentación que evidencie que la causal se ha producido en la especie, tampoco alcanza por si sola para la procedencia del recurso intentado”, agregó.
En disidencia votó la tercera integrante de la Sala I de Casación, Ana María Figueroa. La magistrada se inclinó por aceptar el planteo y analizar la presentación de la vicepresidenta.
La jueza dijo que “si bien la decisión recurrida no constituye una resolución definitiva en sentido estricto, desde que no pone fin al pleito, ni hace imposible la prosecución ulterior, en casos excepcionales resulta equiparable a tal, en tanto ocasiona un grave daño de imposible o tardía reparación ulterior que requiere tutela judicial inmediata, conforme jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”.
Y para Figueroa esa situación se da en la presentación de Cristina Kirchner: “el recurrente ha criticado la decisión que lo agravia con fundamento en su arbitrariedad y en la violación de derechos y garantías de raigambre convencional y constitucional, motivando la existencia de una cuestión federal, la intervención de esta Cámara como tribunal intermedio se encuentra habilitada”.
La Sala I es un tribunal clave para Cristina Kichner. Los mismos jueces son los que la sobreseyeron en la causa de dólar futuro y los que tienen que analizar los expedientes “Hotesur-Los Sauces” y la firma del memorándum de entendimiento con Irán. En esas causas la vicepresidenta está sobreseída con pedidos para que esa decisión se revoque y se ordene el juicio oral.
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