
Triple crimen: Florencia Ibañez declaró que Celeste Guerrero se refirió a “un traidor” en la previa del juicio
En medio de su declaración, expuso a su par que, según el mismo relato, habría “golpeado la pared y gritado groserías”.
El agresor de Nadia Lucero fue acusado por la fiscalía de intento de femicidio. La imputación prevé una pena de 10 a 15 años de prisión. Su novia permanece internada en terapia intensiva en estado crítico. Le dictaron prisión preventiva. Además Claudio Reyna y Daiana E fueron acusados de encubridores por haber ayudado a Laureano González a eludir la justicia.
Judiciales18/12/2019González permanecerá en prisión preventiva hasta que se hagan las diligencias judiciales que incluyen análisis de ADN, muestras de sangre, pericia psiquiátrica y requisa del auto que usó para trasladar a su novia inconsciente al hospital y luego fugarse. La pareja que lo alojó durante su fuga también fue sancionada con prisión preventiva.
El fiscal Walter Martos pidió que a Laureano González se lo formalice por tentativa de femicidio con el agravante por vínculo de pareja y ensañamiento. Es una de las imputaciones más altas previstas para ese delito. La jueza es Florencia Maza y la defensa del acusado la ejerce Pablo de Biassi. Junto a fiscalía, Martín García Ongaro acompaña a Oscar Lucero, padre de Nadia.
El fiscal Martos, relató los hechos, según la acusación:
Gonzalez la fue a buscar a la casa de una amiga, dentro de la vivienda de la calle San Francisco de Asís la golpea con golpes de puño y patadas provocándole la pérdida de consciencia. La mantuvo en ese estado encerrada hasta la noche donde la lleva en el Bora hasta la guardia del Hospital Lucio Molas y luego se da a la fuga.
A partir de ese relato, los hechos fueron tipificados como intento de femicidio triplemente calificado en grado de tentativa, del art 42 del CP.
Pidió además examen mental obligatorio, la autorización para que se requise el vehículo que fue secuestrado y la extracción de sangre y realización de pericia de ADN. Esas muestras serán comparadas con las muestras que se tomaron del cuerpo de Nadia y de un pantalón que fue secuestrado como parte de la investigación.
García Ongaro, que asiste a Lucero en la querella, adhirió a todos los pedidos de Martos mientras que el defensor, Pablo de Biasi se quejó porque no fue notificado por las actuaciones (evidencias en su contra) y que lo planteará en Casación. Además dijo que se sabía la sindicación del imputado desde un primer momento.
Incluso dijo que como rige la presunción de inocencia sobre González, pidió la detención domiciliaria y la colocación de una pulsera electrónica.
El padre de Nadia Lucero junto al abogado de la familia
La jueza Florencia Maza hizo lugar al pedido de prisión preventiva, al examen mental obligatorio, a la requisa vehicular (del VW Bora) y a la extracción de sangre.
Fundamentó la prisión preventiva en que por la realización del proceso judicial se espera una pena grave y permite presumir que se puede fugar. Además tuvo en cuenta el comportamiento de González, quien se mantuvo prófugo por 48 horas y no colaboró con la justicia, ya que lo detuvieron tras una ardua investigación en una vivienda del Santa María de las Pampas.
Por último, el defensor pidió que a González se lo deje alojado de manera preventiva en la Brigada de Investigaciones pero la jueza aclaró que no obedece a la judicatura la decisión de dónde será alojado.
LOS ENCUBRIDORES:
Claudio Reyna y Daiana E fueron acusados de encubridores por haber ayudado a Laureano González a eludir la justicia.
La jueza Florencia Maza determinó que Reyna deberá estar en prisión de manera preventiva por 90 días, hasta el 18 de marzo, mientras que para E. concedió la prisión domiciliaria con pulsera electrónica por su condición de madre de dos niños. La misma jueza convalidó la formalización por femicidio en grado de tentativa contra Laureano González.
El fiscal Walter Martos, en la acusación, señaló que los dos fueron responsables de ocultarlo a González y a su auto en el patio de la vivienda desde el lunes 16 de diciembre. Los responsabilizó por encubrimiento agravado y ayudar a los investigados a eludir a la justicia. Por la gravedad del delito prisión preventiva por 90 días para Reyna.
Dijo que Reyna y E. participaron en estos hechos de encubrimiento agravado y quedó probado que González estuvo un día escondido en la casa, más allá de las excusas que presentaron las partes involucradas.
Sobre Reyna dijo que existe riesgo de obstaculización y fuga. El fiscal informó que Reyna ya tiene una sentencia penal de 3 años en suspenso en su contra por otro delito.
Sobre E, que no tiene antecedentes, el fiscal entendió que la mujer tuvo la oportunidad de dar aviso a la Policía. Por ello pidió prisión domiciliaria con pulsera electrónica. La mujer tiene dos hijos, uno de 5 y otro de 2 años, lo que fue tenido en cuenta a la hora de solicitar la medida judicial.
El defensor, Juan José Ermúa dijo que la mujer estaba bajo amenaza de parte de González. Particularmente la tenía amenazada con sus hijos. Este llegó al domicilio con un arma en su poder. Por esos atenuantes, pidió un arresto domiciliario con presencia policial sorpresiva. Además alertó que les quemaron un vehículo en el domicilio donde encubrieron a González por lo que pidió se reserve la identidad de la mujer.
Silvina Blanco, defensora de Claudio Reyna, dijo que no están dados los supuestos de peligros de fuga. Por otro lado dijo que su defendido contribuyó a los fines de la detención de González. Además sostuvo que no hay peligro de obstaculización porque Nadie está internada y no hay otros testigos presentados en la causa.
Además, el domicilio está con guardia policial. Por esto pidió que la prisión preventiva se reduzca, que se le prohíba salir de la ciudad y tomar contacto con González y Lucero. Para el control de esas medidas, propuso la colocación de una pulsera electrónica. También pidió una extracción de sangre y orina de González a fin de que se puedan identificar rastros de cocaína. Dijo que Reyna fue intimidado por González.
La jueza entendió que existen elementos de presunción suficientes para presumir que Reyna y E. participaron de los hechos. Además dijo que hay peligros procesales de obstaculización y de fuga. Por mantener oculto a González y el vehículo en el que se había fugado. Esto permite presumir que puedan influenciar a otros testigos para generar un entorpecimiento de la investigación.
De todas maneras diferenció que Reyna tiene antecedentes penales y E. no. Por ello a la mujer le concedió el beneficio de arresto domiciliario con pulsera electrónica.
A Reyna le aplicó la prisión preventiva por plazo de 90 días (vence el 18 de marzo). Además pidió que se mantenga la protección de la identidad de E.
Por la medida de prueba de la Defensa hizo lugar al pedido de un examen de sangre y orina de González para establecer si existe cocaína. Por último hizo lugar al pedido de resguardo ante cualquier posible hecho que atente contra la vida de Reyna.
Gentileza: Plan B Noticias
En medio de su declaración, expuso a su par que, según el mismo relato, habría “golpeado la pared y gritado groserías”.
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