
Revocaron habilitación de Cristina Kirchner y no podrá votar por su condena
La Cámara Nacional Electoral, integrada por Santiago Corcuera, Alberto Dalla Vía y Daniel Bejas, revocó el fallo que la mantenía en el padrón electoral.
En un acuerdo de juicio abreviado, el juez de control de General Pico Diego Ambrogetti condenó a Juan Cruz Bessone, por considerarlo autor material y penalmente responsable del delito de “lesiones leves”; a la pena de un año de prisión de ejecución condicional.
Judiciales13/02/2021Además le ordenó las siguientes reglas de conducta a cumplir durante el plazo de dos años: fijar domicilio y someterse al control del Ente de Políticas Socializadoras y Unidad de Abordaje -Ley Provincial Nº 2831-; abstenerse de comunicarse, contactarse o acercarse respecto del damnificado, abstenerse de consumir bebidas alcohólicas en exceso y someterse a un tratamiento psicológico.
El acuerdo fue solicitado por el fiscal Juan Ignacio Pellegrino, el defensor oficial Alejandro Piñeiro y el imputado. El damnificado prestó su conformidad con el acuerdo al momento de ser informado.
Con las pruebas aportadas en la causa se tuvo por acreditado que en la noche del 27 de septiembre de 2020, cuando Juan Cruz Bessone se encontraba en su domicilio de la localidad de Realicó, mantuvo una discusión con el damnificado, quien se encontraba en el lugar para cenar y cuando éste se encontraba de espaldas a su persona tomó un cuchillo y le asestó un puntazo en la parte superior de la espalda dejando el cuchillo clavado en el cuerpo de la víctima quien inmediatamente se retiró del lugar, solicitando ayuda a un vecino quien lo trasladó al Hospital Virgilio Tedin Uriburu de Realicó. Posteriormente la persona damnificada fue derivada al Hospital Gobernador Centeno de General Pico.
Sobre la calificación legal del hecho, el juez expresó que “es correcto el acuerdo en relación a la figura de ‘lesiones leves’ ya que, como expresan las partes en los fundamentos del acuerdo de Juicio Abreviado, en oportunidad de celebrarse audiencia de formalización, se calificó en un principio el hecho como ´homicidio en grado de tentativa´ y alternativamente ´lesiones graves´, pero avanzada la investigación, no se han podido comprobar los extremos requeridos para mantener la calificación primaria”.
El magistrado agregó que “si bien hay una agresión física por parte de Bessone, no pueden comprobarse la figura de la tentativa establecida en el art. 42 del C.P., porque no hay voluntad externa que impida continuar con su agresión y culminar con su designio homicida si así lo hubiese determinado, y tampoco se puede acreditar que la voluntad del agresor haya sido culminar con la vida del damnificado. Lo que si existió es una clara voluntad de agredir y lesionar al damnificado, por parte de Bessone”.
“Ahora bien, a pesar de ello corresponde hacer una disquisición respecto del delito de ‘lesiones graves’, ya que conforme surge del informe del médico forense, las lesiones sufridas por la víctima tuvieron las siguientes características ‘(...) El tiempo de curación de la herida y el neumotórax no debió superar los 20 días de no haber mediado complicación que no esté descripta en la historia clínica disponible’ ‘(...) No hay elementos en la historia clínica que indiquen que estuvo en riesgo la vida del paciente.’. Ante ello, se hace imposible sostener la figura de ‘lesiones graves’, surgiendo como acorde la aplicación de la figura de ‘lesiones leves’”, expresó Ambrogetti.
Del informe del Registro Nacional de Reincidencia surge que el imputado no registra antecedentes condenatorios.
Finalmente el juez mencionó que “debe tenerse en cuenta que el monto acordado resulta un límite punitivo para el juzgador, que no puede ser franqueado por quien tiene a su cargo resolver la cuestión presentada por las partes, debiéndose en definitiva, respetar lo convenido por las partes, dado que ello es una obligación legal impuesta por el art. 368 del C.P.P., ya que el criterio sobre la mensuración de la pena queda en cabeza de la pretensión punitiva del Fiscal”.
La Cámara Nacional Electoral, integrada por Santiago Corcuera, Alberto Dalla Vía y Daniel Bejas, revocó el fallo que la mantenía en el padrón electoral.
Fernando Cerimedo confirmó al fiscal Franco Picardi que Diego Spagnuolo le mencionó “hechos de corrupción” y “coimas” en ANDIS, pero negó haberlo grabado.
La familia de Ronald Biglione demandó a AstraZeneca. Alegan que el deportista murió por púrpura trombótica trombocitopénica tras vacunarse contra el Covid-19.
Diego Cardoso resultó absuelto en el caso que investigó las muertes de los bebés en el Hospital Neonatal Ramón Carrillo.
Esta medida fue otorgada debido a la falta de cumplimiento de esa obligación por parte del padre.
El acusado, de 66 años, recibió seis meses de prisión en suspenso y deberá cumplir reglas de conducta durante dos años. Se comprobó que había golpeado a sus nietos de 12 y 14 años.
Manuel Pérez (LLA) quedó en soledad y desató la polémica en el Concejo al rechazar la donación de terrenos para viviendas sociales destinadas a discapacidad. Hablo de "operación mediática", culpó a InfoTec y hasta le respondió un comentario a una ex Directora de la Escuela de Comercio.
El barrio porteño de San Telmo fue escenario de un hecho de tensión durante la madrugada del lunes 15 de septiembre, cuando Alexis Walter López ingresó al edificio de Crónica TV portando un cuchillo y exigiendo ser entrevistado en vivo.
El pasado fin de semana, 13 niños de Van Praet que recibieron el sacramento de la Confirmación el 9 de agosto, disfrutaron de un viaje especial a Buenos Aires organizado por la Comisión de Fomento, en reconocimiento a sus años de estudio y compromiso con la fe. Además pudieron recorrer diversos atractivos de la Capital Federal.
Este lunes se conoció el alegato final en el juicio por la muerte de Solange Musse, la joven que falleció en Alta Gracia durante la pandemia de COVID-19 sin poder despedirse de su padre, Pablo Musse, oriundo de Neuquén. La causa puso bajo la lupa a dos funcionarios del COE de Córdoba, acusados de abuso de autoridad e incumplimiento de sus deberes como servidores públicos.
Inspectores constataron trabajadores en altura sin protección adecuada, caída de materiales y falta de coordinación entre empresas. La Secretaría advirtió sobre “una situación de grave descontrol y riesgo”.
El siniestro ocurrió en inmediaciones de la ciudad de Río Cuarto. Los ocupantes de la motocicleta fueron trasladados al Hospital San Antonio de Padua.
El presidente Javier Milei presentó este lunes en cadena nacional el Proyecto de Presupuesto 2026, una hoja de ruta económica que, según enfatizó, consolida el equilibrio fiscal alcanzado durante su primer año de gestión y al mismo tiempo garantiza un incremento real en las áreas sociales más sensibles, como salud, educación y jubilaciones.
La Cooperativa de Servicios Públicos Realicó Limitada, comunica el fallecimiento de su socia María Catalina "Pichona" Battiston a la edad de 82 años. Casa de duelo calle Italia 1770. Sus restos serán trasladados a la necrópolis de Realicó el 16 de Septiembre de 2025 a las 16.30hs. (Sin velatorio).