
Piden la indagatoria de Viviana Fein por el caos en el departamento de Alberto Nisman
Así lo dispuso el fiscal Eduardo Taiano.


En un acuerdo de juicio abreviado, el juez de control de General Pico Diego Ambrogetti condenó a Juan Cruz Bessone, por considerarlo autor material y penalmente responsable del delito de “lesiones leves”; a la pena de un año de prisión de ejecución condicional.
Judiciales13/02/2021
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Además le ordenó las siguientes reglas de conducta a cumplir durante el plazo de dos años: fijar domicilio y someterse al control del Ente de Políticas Socializadoras y Unidad de Abordaje -Ley Provincial Nº 2831-; abstenerse de comunicarse, contactarse o acercarse respecto del damnificado, abstenerse de consumir bebidas alcohólicas en exceso y someterse a un tratamiento psicológico.


El acuerdo fue solicitado por el fiscal Juan Ignacio Pellegrino, el defensor oficial Alejandro Piñeiro y el imputado. El damnificado prestó su conformidad con el acuerdo al momento de ser informado.
Con las pruebas aportadas en la causa se tuvo por acreditado que en la noche del 27 de septiembre de 2020, cuando Juan Cruz Bessone se encontraba en su domicilio de la localidad de Realicó, mantuvo una discusión con el damnificado, quien se encontraba en el lugar para cenar y cuando éste se encontraba de espaldas a su persona tomó un cuchillo y le asestó un puntazo en la parte superior de la espalda dejando el cuchillo clavado en el cuerpo de la víctima quien inmediatamente se retiró del lugar, solicitando ayuda a un vecino quien lo trasladó al Hospital Virgilio Tedin Uriburu de Realicó. Posteriormente la persona damnificada fue derivada al Hospital Gobernador Centeno de General Pico.
Sobre la calificación legal del hecho, el juez expresó que “es correcto el acuerdo en relación a la figura de ‘lesiones leves’ ya que, como expresan las partes en los fundamentos del acuerdo de Juicio Abreviado, en oportunidad de celebrarse audiencia de formalización, se calificó en un principio el hecho como ´homicidio en grado de tentativa´ y alternativamente ´lesiones graves´, pero avanzada la investigación, no se han podido comprobar los extremos requeridos para mantener la calificación primaria”.
El magistrado agregó que “si bien hay una agresión física por parte de Bessone, no pueden comprobarse la figura de la tentativa establecida en el art. 42 del C.P., porque no hay voluntad externa que impida continuar con su agresión y culminar con su designio homicida si así lo hubiese determinado, y tampoco se puede acreditar que la voluntad del agresor haya sido culminar con la vida del damnificado. Lo que si existió es una clara voluntad de agredir y lesionar al damnificado, por parte de Bessone”.
“Ahora bien, a pesar de ello corresponde hacer una disquisición respecto del delito de ‘lesiones graves’, ya que conforme surge del informe del médico forense, las lesiones sufridas por la víctima tuvieron las siguientes características ‘(...) El tiempo de curación de la herida y el neumotórax no debió superar los 20 días de no haber mediado complicación que no esté descripta en la historia clínica disponible’ ‘(...) No hay elementos en la historia clínica que indiquen que estuvo en riesgo la vida del paciente.’. Ante ello, se hace imposible sostener la figura de ‘lesiones graves’, surgiendo como acorde la aplicación de la figura de ‘lesiones leves’”, expresó Ambrogetti.
Del informe del Registro Nacional de Reincidencia surge que el imputado no registra antecedentes condenatorios.
Finalmente el juez mencionó que “debe tenerse en cuenta que el monto acordado resulta un límite punitivo para el juzgador, que no puede ser franqueado por quien tiene a su cargo resolver la cuestión presentada por las partes, debiéndose en definitiva, respetar lo convenido por las partes, dado que ello es una obligación legal impuesta por el art. 368 del C.P.P., ya que el criterio sobre la mensuración de la pena queda en cabeza de la pretensión punitiva del Fiscal”.




Así lo dispuso el fiscal Eduardo Taiano.

Roberto Darío Gatica es un mecánico de 41 años que compró dos camionetas, mediante la entrega de cuatro cheques robados y/o adulterados por 22 millones de pesos. Al comprobarse que cometió el delito de estafa en dos ocasiones fue condenado a la pena unificada de cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo y permanece detenido en General Pico.

La ex jueza fue inhabilitada por unanimidad para ejercer cargos.

Será a las 13 en Comodoro Py. Qué dice la defensa del acusado.

Es después de la decisión del Tribunal Oral Federal 2.

Así lo dispuso el Tribunal Oral Federal 2 (TOF) que integran Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso.







La localidad cordobesa de Melo quedó conmocionada tras un episodio de violencia extrema ocurrido en la madrugada del domingo, a la salida de una fiesta de egresados que se desarrolló con total normalidad dentro del salón, pero que terminó con un joven asesinado a pocos metros del lugar. VER VIDEO DE LA GRESCA DENTRO DE LA NOTA.-

Un susto que pudo ser mucho peor se vivió este lunes por la mañana en Río Grande, Tierra del Fuego, cuando el recientemente llegado avión Basler BT-67 perteneciente a la empresa Mirgor se despistó durante una maniobra de despegue en el aeropuerto local. La aeronave, que se encontraba realizando un vuelo de entrenamiento para pilotos, terminó fuera de pista y sufrió importantes daños estructurales, aunque sus tres ocupantes resultaron ilesos.

Lo que debía ser un simple vuelo de entrenamiento terminó convertido en un accidente de gran magnitud en el aeropuerto de Río Grande, donde el flamante Basler BT-67 adquirido por Mirgor sufrió un violento despiste que lo dejó hundido en terreno blando, con colapso de trenes de aterrizaje, daño severo en las alas y destrucción de sus hélices. Afortunadamente, los tres ocupantes resultaron ilesos. MIRÁ EL VIDEO.

El Tribunal de Cuentas de La Pampa publicó en el último Boletín Oficial una serie de fallos que revelan importantes irregularidades administrativas en distintas Comisiones de Fomento, imponiendo cargos económicos millonarios y multas personales a sus responsables. Los casos más relevantes afectan a las administraciones de Damián Maisonnave con 11.8 millones de pesos, luego figuran Loventuel y Agustoni con cargos menores. Se detectaron pagos indebidos, uso inadecuado de fondos públicos y reiterados incumplimientos en la rendición de cuentas.

En la mañana de este lunes, la estación de servicio Shell del cruce de rutas nacionales 35 y 188, conocida popularmente como la estación del oeste y perteneciente al Grupo Martínez, fue escenario de un impactante simulacro de emergencia que recreó un grave siniestro vehicular con participación de un camión cisterna cargado con combustible y un automóvil.

Un importante despliegue de seguridad se montó este lunes en la Torre Médica de Santa Rosa tras la caída de un hombre desde uno de los pisos del edificio. El hecho, cuya causa aún no fue esclarecida, es investigado por la Fiscalía a cargo de Andrés Torino.

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