
Caso Cecilia Strzyzowski: seis de los siete acusados fueron declarados culpables
El jurado popular dio su veredicto contra el clan Sena y Griselda Reynoso quedó en libertad.


En un acuerdo de juicio abreviado, el juez de control de General Pico Diego Ambrogetti condenó a Juan Cruz Bessone, por considerarlo autor material y penalmente responsable del delito de “lesiones leves”; a la pena de un año de prisión de ejecución condicional.
Judiciales13/02/2021
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Además le ordenó las siguientes reglas de conducta a cumplir durante el plazo de dos años: fijar domicilio y someterse al control del Ente de Políticas Socializadoras y Unidad de Abordaje -Ley Provincial Nº 2831-; abstenerse de comunicarse, contactarse o acercarse respecto del damnificado, abstenerse de consumir bebidas alcohólicas en exceso y someterse a un tratamiento psicológico.


El acuerdo fue solicitado por el fiscal Juan Ignacio Pellegrino, el defensor oficial Alejandro Piñeiro y el imputado. El damnificado prestó su conformidad con el acuerdo al momento de ser informado.
Con las pruebas aportadas en la causa se tuvo por acreditado que en la noche del 27 de septiembre de 2020, cuando Juan Cruz Bessone se encontraba en su domicilio de la localidad de Realicó, mantuvo una discusión con el damnificado, quien se encontraba en el lugar para cenar y cuando éste se encontraba de espaldas a su persona tomó un cuchillo y le asestó un puntazo en la parte superior de la espalda dejando el cuchillo clavado en el cuerpo de la víctima quien inmediatamente se retiró del lugar, solicitando ayuda a un vecino quien lo trasladó al Hospital Virgilio Tedin Uriburu de Realicó. Posteriormente la persona damnificada fue derivada al Hospital Gobernador Centeno de General Pico.
Sobre la calificación legal del hecho, el juez expresó que “es correcto el acuerdo en relación a la figura de ‘lesiones leves’ ya que, como expresan las partes en los fundamentos del acuerdo de Juicio Abreviado, en oportunidad de celebrarse audiencia de formalización, se calificó en un principio el hecho como ´homicidio en grado de tentativa´ y alternativamente ´lesiones graves´, pero avanzada la investigación, no se han podido comprobar los extremos requeridos para mantener la calificación primaria”.
El magistrado agregó que “si bien hay una agresión física por parte de Bessone, no pueden comprobarse la figura de la tentativa establecida en el art. 42 del C.P., porque no hay voluntad externa que impida continuar con su agresión y culminar con su designio homicida si así lo hubiese determinado, y tampoco se puede acreditar que la voluntad del agresor haya sido culminar con la vida del damnificado. Lo que si existió es una clara voluntad de agredir y lesionar al damnificado, por parte de Bessone”.
“Ahora bien, a pesar de ello corresponde hacer una disquisición respecto del delito de ‘lesiones graves’, ya que conforme surge del informe del médico forense, las lesiones sufridas por la víctima tuvieron las siguientes características ‘(...) El tiempo de curación de la herida y el neumotórax no debió superar los 20 días de no haber mediado complicación que no esté descripta en la historia clínica disponible’ ‘(...) No hay elementos en la historia clínica que indiquen que estuvo en riesgo la vida del paciente.’. Ante ello, se hace imposible sostener la figura de ‘lesiones graves’, surgiendo como acorde la aplicación de la figura de ‘lesiones leves’”, expresó Ambrogetti.
Del informe del Registro Nacional de Reincidencia surge que el imputado no registra antecedentes condenatorios.
Finalmente el juez mencionó que “debe tenerse en cuenta que el monto acordado resulta un límite punitivo para el juzgador, que no puede ser franqueado por quien tiene a su cargo resolver la cuestión presentada por las partes, debiéndose en definitiva, respetar lo convenido por las partes, dado que ello es una obligación legal impuesta por el art. 368 del C.P.P., ya que el criterio sobre la mensuración de la pena queda en cabeza de la pretensión punitiva del Fiscal”.




El jurado popular dio su veredicto contra el clan Sena y Griselda Reynoso quedó en libertad.

Los integrantes del jurado solicitaron un cuarto intermedio para revisar algunas pruebas.

Una cuidadora de adultos mayores fue condenada a dos años de prisión en suspenso y deberá devolver casi tres millones de pesos luego de haber estafado en más de 250 ocasiones a dos mujeres a través del uso indebido de sus tarjetas de crédito y débito. La sentencia fue dictada por el juez de control Néstor Daniel Ralli y recayó sobre Gisela Alderete, de 29 años, quien admitió su responsabilidad en los hechos.

El exministro de Planificación Federal del kirchnerismo fue enviado al Complejo Penitenciario Federal, donde deberá pasar cuatro años en prisión.

En los Tribunales de General Pico se llevó a cabo el juicio oral contra Fabricio Borges, acusado de asesinar a su expareja Josefa Raquel Amaya en junio de 2024 en la localidad de Monte Nievas. Durante el debate, que concluyó este martes, el fiscal Guillermo Komarofky solicitó la pena de prisión perpetua, mientras que la defensa oficial, a cargo de Soledad Forte, adhirió al pedido. La sentencia se dará a conocer el 27 de noviembre.

A las 9:00 está previsto que declare Jorge Barrera, el último testigo de la defensa, mientras que a las 10:00 alegarán ambas partes.







Un trágico episodio conmocionó este jueves a la localidad de Rancul, donde un operario rural perdió la vida luego de recibir una fuerte descarga eléctrica mientras realizaba tareas de limpieza en una máquina fertilizadora. El hecho ocurrió en el establecimiento rural “Damasco”, aproximadamente a las 17:45 horas.

Un siniestro vial ocurrido esta madrugada en la Ruta Nacional 188, a unos 1000 metros al oeste del cruce con la Ruta Provincial 1, provocó la interrupción total del tránsito durante varias horas. El hecho fue confirmado por el oficial Tolosa, quien se encuentra temporalmente a cargo de la comisaría de Bernardo Larroudé.

Matías Ferrando, un joven investigador oriundo de Realicó, integra el equipo mendocino reconocido internacionalmente por un estudio que identifica cambios genéticos y proteicos capaces de predecir la progresión de lesiones orales. El proyecto, premiado en la XIX Reunión de la AIPMB, podría transformar la detección temprana y el tratamiento del cáncer oral esporádico, uno de los más silenciosos y difíciles de diagnosticar.

El siniestro ocurrió este viernes por la tarde en la intersección de Luro y Bertera. La víctima, Hernán Ferretti, circulaba en moto cuando habría intentado esquivar a un auto y perdió el control del rodado. La provincia ya registra 46 muertes en lo que va del año por hechos de tránsito.

La Cooperativa de Servicios Públicos Realicó Limitada, comunica el fallecimiento de su socio Norberto Francisco Rivero a la edad de 94 años. Casa de duelo calle Primera Junta 1676. Sus restos que son velados en casa velatoria, sala "A" de avenida San Martín y calle Paraguay, recibirán sepultura el 15 de Noviembre de 2025 a las 17:30 horas, previo responso en la sala.

El mediodía de este sábado dejó una postal tan bella como inusual en el cielo de Rancul. Marina Vara, vecina de la localidad, registró con su teléfono móvil un fenómeno meteorológico poco frecuente: nubes iridiscentes, una formación que suele llamar la atención por sus tonos pastel que recuerdan a los colores de una mancha de aceite sobre el agua.

La tarde de este sábado 15 de noviembre dejó escenas de preocupación en Realicó, cuando las intensas ráfagas de viento arrancaron por completo el techo de una vivienda ubicada en calle Matiazzo al 2200, en el sector sudeste de la localidad, detrás del predio del Instituto Parroquial Sagrada Familia.

La intendenta de Alvear, Agustina García, brindó un testimonio contundente sobre la gravedad del temporal que afectó a la localidad durante la tarde de este sábado. En un breve contacto con Infotec 4.0, la jefa comunal describió un escenario crítico, con múltiples daños materiales, personas afectadas y un amplio despliegue de personal de emergencia.







