
Caso Cecilia Strzyzowski: seis de los siete acusados fueron declarados culpables
El jurado popular dio su veredicto contra el clan Sena y Griselda Reynoso quedó en libertad.


El Superior Tribunal de Justicia confirmó la constitucionalidad de la ley que impide el otorgamiento de salidas transitorias a las personas condenadas por delitos contra la integridad sexual, al rechazar un recurso de casación interpuesto por el defensor oficial, Alejandro Osio.
Judiciales31/10/2021
INFOTEC 4.0






El fallo fue firmado por los ministros Fabricio Luis Losi y Hugo Oscar Díaz, integrantes de la Sala B, quienes indicaron que la ley 27375, sobre ejecución de la pena privativa de la libertad –modificatoria de la ley 24660–, se encuentra vigente, lo que “desplaza cualquier conculcación al principio de igualdad, como lo planteó la defensa”.


Esa norma establece, en el artículo 56 bis, que “no podrán otorgarse los beneficios comprendidos en el período de prueba a los condenados por delitos contra la integridad sexual, previstos en los artículos 119, 120, 124, 125, 125 bis, 126, 127, 128 primer y segundo párrafo, y 130 del Código Penal”.
La defensa cuestionó la constitucionalidad del 56 bis porque a su defendido no le concedieron el beneficio de las salidas transitorias y por eso casó la sentencia del Tribunal de Impugnación Penal, que revocó una decisión del juzgado de ejecución. Sostuvo que el acusado reunía “todos los requisitos para el acceso a sus salidas transitorias”.
Ambos ministros se referenciaron en antecedentes de los Superiores Tribunal de Justicia de Chubut y Santa Fe para responder el recurso, ya que ellos también rechazaron la inconstitucionalidad del artículo 56 bis en expedientes similares. En Entre Ríos, en cambio, la norma fue declarada inconstitucional para homicidios en ocasión de robo.
Antecedentes
El STJ de la provincia patagónica dijo que “el artículo 1º de la ley 24660, establece que la ejecución de la pena tiene como fin la resocialización del condenado” y que el artículo 6° refiere a que el régimen penitenciario “se basará en la progresividad”, procurando limitar la permanencia del condenado en establecimientos cerrados, y promoviendo en lo posible y conforme su evolución favorable, su incorporación a instituciones abiertas, semiabiertas, o a secciones separadas regidas por el principio de autodisciplina.
Frente a la nueva legislación, el Tribunal se preguntó si con ella se ven obstaculizados el cumplimiento de esos principios. Y la respuesta fue negativa.
También rechazó cualquier afectación al principio de igualdad al expresar que “el artículo 56 bis se aplica a todos los sujetos que fueron condenados por los delitos enumerados en la norma, como parámetro objetivo...” y que la selección de delitos por los que se limitan los beneficios penitenciarios fueron ratificados a través de la reforma de la ley 27375 de ejecución penal. “Tales razones de política criminal no pueden ser tachadas de irrazonables o arbitrarias, cuando el criterio del legislador tuvo en cuenta la gravedad del delito, y la magnitud del hecho cometido (…) Por ello no resulta posible, a través de una revisión judicial, invadir las facultades del Poder Legislativo”.
A su vez, la Corte santafesina explicó que “el sistema de progresividad penitenciaria no tiene un fundamento constitucional, sino una base legal: el artículo 6° de la ley 24.660”. Y añadió que “es razonable que el propio legislador determine los requisitos para la procedencia de la semilibertad o las salidas transitorias”.
Ese dictamen concluyó con que “la resocialización no equivale a externación, sino que es factible instaurar un régimen progresivo a desarrollarse intramuros”. Y añadió que “la ley no impide la progresividad en la ejecución de la pena, como imprescindible requisito para alcanzar la resocialización. Únicamente veda la incorporación de los sujetos a beneficios como la semilibertad o salidas transitorias”.





El jurado popular dio su veredicto contra el clan Sena y Griselda Reynoso quedó en libertad.

Los integrantes del jurado solicitaron un cuarto intermedio para revisar algunas pruebas.

Una cuidadora de adultos mayores fue condenada a dos años de prisión en suspenso y deberá devolver casi tres millones de pesos luego de haber estafado en más de 250 ocasiones a dos mujeres a través del uso indebido de sus tarjetas de crédito y débito. La sentencia fue dictada por el juez de control Néstor Daniel Ralli y recayó sobre Gisela Alderete, de 29 años, quien admitió su responsabilidad en los hechos.

El exministro de Planificación Federal del kirchnerismo fue enviado al Complejo Penitenciario Federal, donde deberá pasar cuatro años en prisión.

En los Tribunales de General Pico se llevó a cabo el juicio oral contra Fabricio Borges, acusado de asesinar a su expareja Josefa Raquel Amaya en junio de 2024 en la localidad de Monte Nievas. Durante el debate, que concluyó este martes, el fiscal Guillermo Komarofky solicitó la pena de prisión perpetua, mientras que la defensa oficial, a cargo de Soledad Forte, adhirió al pedido. La sentencia se dará a conocer el 27 de noviembre.

A las 9:00 está previsto que declare Jorge Barrera, el último testigo de la defensa, mientras que a las 10:00 alegarán ambas partes.







Un trágico episodio conmocionó este jueves a la localidad de Rancul, donde un operario rural perdió la vida luego de recibir una fuerte descarga eléctrica mientras realizaba tareas de limpieza en una máquina fertilizadora. El hecho ocurrió en el establecimiento rural “Damasco”, aproximadamente a las 17:45 horas.

Un siniestro vial ocurrido esta madrugada en la Ruta Nacional 188, a unos 1000 metros al oeste del cruce con la Ruta Provincial 1, provocó la interrupción total del tránsito durante varias horas. El hecho fue confirmado por el oficial Tolosa, quien se encuentra temporalmente a cargo de la comisaría de Bernardo Larroudé.

Matías Ferrando, un joven investigador oriundo de Realicó, integra el equipo mendocino reconocido internacionalmente por un estudio que identifica cambios genéticos y proteicos capaces de predecir la progresión de lesiones orales. El proyecto, premiado en la XIX Reunión de la AIPMB, podría transformar la detección temprana y el tratamiento del cáncer oral esporádico, uno de los más silenciosos y difíciles de diagnosticar.

El siniestro ocurrió este viernes por la tarde en la intersección de Luro y Bertera. La víctima, Hernán Ferretti, circulaba en moto cuando habría intentado esquivar a un auto y perdió el control del rodado. La provincia ya registra 46 muertes en lo que va del año por hechos de tránsito.

El Presidente despejó las dudas sobre el tributo que incluye a más de cuatro millones de personas. De esta manera, rechazó cualquier alteración al sistema vigente.

La biblioteca Florentino Ameghino fue escenario de una presentación cargada de emoción y sentido familiar: el lanzamiento oficial de “Un largo día”, el libro escrito por Melina Ruth Casale e ilustrado por su tía, Nidia Hebe Casale, publicado por Editorial Dunken y ya disponible en comercios locales.

La Cooperativa de Servicios Públicos Realicó Limitada, comunica el fallecimiento de su socio Norberto Francisco Rivero a la edad de 94 años. Casa de duelo calle Primera Junta 1676. Sus restos que son velados en casa velatoria, sala "A" de avenida San Martín y calle Paraguay, recibirán sepultura el 15 de Noviembre de 2025 a las 17:30 horas, previo responso en la sala.

El mediodía de este sábado dejó una postal tan bella como inusual en el cielo de Rancul. Marina Vara, vecina de la localidad, registró con su teléfono móvil un fenómeno meteorológico poco frecuente: nubes iridiscentes, una formación que suele llamar la atención por sus tonos pastel que recuerdan a los colores de una mancha de aceite sobre el agua.







