LAS EXCEPCIONES A LA CUARENTENA PARA ASEGURAR EL ABASTECIMIENTO DE ALIMENTOS Y SERVICIOS

Son los servicios y actividades que continuarán funcionando por ser considerados “esenciales”.

Nacionales20/03/2020InfoTec 4.0InfoTec 4.0
44944

 

Si bien Alberto Fernández estableció el “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, desde la medianoche de este viernes hasta el 31 de marzo inclusive, en su conferencia de prensa también adelantó que algunas actividades y servicios quedan exceptuadas por considerarse “esenciales”. Mediante estas consideraciones especiales, el Gobierno apunta a asegurar el abastecimiento de alimentos, medicamentos y combustibles y el funcionamiento del sistema de sanidad y de seguridad.

De esta forma, el artículo 6° del Decreto, que será oficializado mediante la publicación en el Boletín Oficial, determinó que los desplazamientos de “las personas afectadas a las actividades y servicios declarados esenciales” deberán “limitarse al estricto cumplimiento de esas actividades y servicios”. Aquí, el detalle de las personas alcanzadas:

1) Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.

2) Autoridades superiores de los gobiernos nacional, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ,Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial,municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades.
 
3) Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.

4) Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.

5) Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes.

6) Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.

7) Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.

8) Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.

9) Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.

10) Personal afectado a obra pública.

11) Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.

12) Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.

13) Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.

14) Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.

15) Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.

16) Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.

17) Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc) y atención de emergencias.

18) Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.

19) Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.

20) Servicios de lavandería.

21) Servicios postales y de distribución de paquetería.

22) Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.

23) Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.

24) Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el Banco Central de la República Argentina disponga imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema de pagos.

Además, se aclaró que “en todos estos casos, los empleadores y empleadoras deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por el Ministerio de Salud para preservar la salud de las trabajadoras y de los trabajadores”.

Te puede interesar
Lo más visto
NECROLÓGICAS

NECROLÓGICA | Q.E.P.D. Vicente Cresencio Sosa

InfoTec 4.0
Necrológicas13/11/2025

La Cooperativa de Servicios Públicos Realicó Limitada, comunica el fallecimiento de su socio Vicente Cresencio Sosa a la edad de 86 años, en la localidad de Quetrequén. Sus restos que son velados en casa velatoria de dicha localidad, recibirán sepultura el 14 de Noviembre de 2025 a las 09:00 horas, previo responso.

vuelco camion guano 1

Un camión volcó su acoplado en la Ruta Nacional 188 durante la madrugada

InfoTec 4.0
Policiales14/11/2025

Un siniestro vial ocurrido esta madrugada en la Ruta Nacional 188, a unos 1000 metros al oeste del cruce con la Ruta Provincial 1, provocó la interrupción total del tránsito durante varias horas. El hecho fue confirmado por el oficial Tolosa, quien se encuentra temporalmente a cargo de la comisaría de Bernardo Larroudé.

convenio Reino Unido exequiel porta

Científico vinculado a empresa realiquense en firma de acuerdo en Londres

InfoTec 4.0
Internacionales14/11/2025

En un encuentro cargado de simbolismo y proyección, la Red de Científicos Argentinos en el Reino Unido (RCARU) y la Universidad Tecnológica Nacional (UTN) formalizaron un acuerdo estratégico que promete potenciar la colaboración científica entre investigadores radicados en el exterior y el sistema universitario argentino. En el evento estuvo el doctor Exequiel Porta, responsable de los desarrollos de las formulaciones de la firma OMICS.