
La ex funcionaria se retiró de los tribunales sin responder preguntas. El entramado de la causa.


La Sala B del Tribunal de Impugnación Penal, integrada por los jueces María Eugenia Schijvarger y Fernando Gabriel Rivarola, no hizo lugar a un recurso de impugnación y confirmó una condena a seis años de prisión por abuso sexual con acceso carnal. Ese fallo había sido dictado por la jueza de audiencia de General Pico, María José Gianinetto, el 18 de febrero pasado.
Judiciales18/06/2020
InfoTec 4.0








El hecho probado ocurrió el 18 de mayo de 2018, cuando la víctima fue accedida carnalmente por parte de quien era su pareja en ese momento, de 63 años, quien utilizó “la fuerza física para vencer la resistencia que ella interponía, tomándola de los brazos y apretando sus piernas”.
El defensor particular del imputado, Fernando David Guevara, recurrió la sentencia y adujo que se basó en un relato de la víctima que fue “totalmente incoherente y contradictorio”; añadiendo que “con miras en la perspectiva de género (…) se olvidaron del principio de inocencia, que es superior a cualquier perspectiva de género que se quiera dar a una interpretación”.
Schijvarger y Rivarola señalaron que los planteos defensivos debían analizarse “sin perder de vista la situación de discapacidad y de violencia de género en la que estaba inmersa la víctima”, quien además sufría un retraso mental.
“Para valorar esta situación y, en definitiva, comprender qué fue lo que pasó a partir de la primera fuente de información que es el relato (de la mujer), no podemos soslayar que de ambos instrumentos surgió que víctima e imputado compartían el mismo techo, pero que no dormían juntos ni tenían relaciones sexuales. Este es el primer contexto en que debe analizarse el relato, una pareja separada que comparte la casa”, indicaron los jueces.
“Ese contexto no permite interpretar que cuando la víctima, en sede policial, dijo que ‘accedió’ a tener relaciones lo fue porque en el transcurso del avance de la intimidad se arrepintió y decidió que así sea –acotaron–. Nada de lo declarado acompañó ese razonamiento, ni el contexto previo, ni las explicaciones que dentro de sus posibilidades expresivas relató la víctima en el sentido de que fue forzada y que quería irse, pero que no pudo vencer la resistencia física del acusado”.
Más adelante, el TIP subrayó que “propiciar una interpretación en el sentido de que ‘finalmente accedió’ implica consentimiento –tal como propuso el defensor–, equivaldría a descontextualizar ese presunto consentimiento de las circunstancias de modo, tiempo y lugar; prescindiendo del contexto de violencia en el que esto debe ser leído o interpretado, lo que nunca podría arrojar una conclusión de consentimiento válido”.
Por último, Schijvarger y Rivarola expresaron que “tampoco se advirtió en la víctima una motivación espuria para denunciar, ello en razón que de las constancias de la causa surgió la imposibilidad de la señora de pergeñar un invento secuenciado que difiera de la vivencia real”.â





La ex funcionaria se retiró de los tribunales sin responder preguntas. El entramado de la causa.

El Tribunal Oral 2 lo considera “equiparable al patio para los presos comunes”

La Justicia de General Pico impuso cuatro años de prisión efectiva a tres de los acusados por la muerte de Gonzalo Muñoz, ocurrida en marzo de 2024 dentro de la Alcaidía de la Unidad Regional II. El tribunal los halló culpables del delito de homicidio en riña y ordenó investigar posibles responsabilidades del personal policial por fallas en las requisas.

El Ministerio Público Fiscal acaba de confirmar hace instantes el hallazgo y pidió retirar las publicaciones del pedido de búsqueda para resguardar su intimidad.

La mujer está imputada como coautora del delito de encubrimiento agravado por ocultar y destruir pruebas. El alcance con la AFA.

La senadora nacional por La Libertad Avanza sostuvo: “Esta mafia ensucia al fútbol argentino”.







La proximidad de las fiestas de fin de año volvió a generar malestar entre comerciantes de Realicó, luego de que inspectores municipales comenzaran a distribuir un boletín informativo recordando los horarios obligatorios de cierre para los días 24 y 31 de diciembre, establecidos por la Ley Provincial N.º 2717. Según la normativa vigente, los comercios deberán cerrar sus puertas sin excepción el 24 de diciembre a las 18 horas y el 31 de diciembre a las 14, sin posibilidad de continuar la actividad ni siquiera con la presencia de los propios dueños.

Un procedimiento policial realizado durante la tarde de este martes en Bernardo Larroudé permitió avanzar en el esclarecimiento del hurto ocurrido anoche en la localidad. Según confirmó a Infotec 4.0 el oficial principal Juan Ignacio Tolosa —actualmente a cargo temporal de la Departamental local— el allanamiento arrojó resultados positivos con el secuestro de una campera sustraída durante el hecho denunciado.

El accidente ocurrió cerca del mediodía en el predio del Centro Deportivo Ranquel, donde funciona la pista de aterrizaje local. El vehículo impactó contra una estructura de concreto que se desplomó sobre la cabina. El conductor permanece internado en observación y la Justicia inició una investigación preliminar.

El Servicio Meteorológico Nacional emitió un alerta amarilla por tormentas para un amplio sector de la provincia de La Pampa, que comenzará a regir durante la noche del viernes 19 de diciembre. El aviso forma parte del Sistema de Alerta Temprana y anticipa condiciones de tiempo severo con impacto en diversas localidades. Siempre aclaramos que estos alertas son probabilidades y varían según la región de acuerdo a los desplazamientos de las tormentas.-

La comunidad de Realicó amaneció con el corazón en vilo. Hoy viernes 19, a muchos kilómetros de distancia, en una sala del Hospital Privado Central de Córdoba, un acto de amor único e irrepetible está teniendo lugar: Mayco, papá de Emiliano, será donante de una parte de su hígado para salvar la vida de su hijo. SUMATE EN CADENA DE ORACIÓN.

El ejemplar varó en San Clemente del Tuyú y activó un operativo de la Fundación Mundo Marino. Pese a los esfuerzos, la necropsia confirmó que padecía un cuadro grave de neumonía.

El secretario de Recursos Hídricos, José Gobbi, desmintió un informe "sesgado y metodológicamente muy malo" que indicaba presencia de arsénico por encima de la aceptada en el agua de Quemú Quemú. "El agua de La Pampa es muy buena y supera análisis microbiológicos y físico-químicos todos los meses", aseguró.

El Tribunal de Impugnación Penal ratificó el fallo contravencional contra una docente del J.I.N. N.º 9 de Realicó, acusada de ejercer castigos inmoderados y malos tratos sobre cinco niños de cinco años durante el ciclo lectivo 2024. La defensa había apelado la sentencia, pero el recurso fue rechazado.







