
Ramos Padilla le prohibió a García-Mansilla dictar sentencias mientras sea juez en comisión
Ramos Padilla prohibió a García-Mansilla firmar sentencias mientras sea juez en comisión, por no tener acuerdo del Senado.
La Sala B del Tribunal de Impugnación Penal, integrada por los jueces María Eugenia Schijvarger y Fernando Gabriel Rivarola, no hizo lugar a un recurso de impugnación y confirmó una condena a seis años de prisión por abuso sexual con acceso carnal. Ese fallo había sido dictado por la jueza de audiencia de General Pico, María José Gianinetto, el 18 de febrero pasado.
Judiciales18 de junio de 2020
El hecho probado ocurrió el 18 de mayo de 2018, cuando la víctima fue accedida carnalmente por parte de quien era su pareja en ese momento, de 63 años, quien utilizó “la fuerza física para vencer la resistencia que ella interponía, tomándola de los brazos y apretando sus piernas”.
El defensor particular del imputado, Fernando David Guevara, recurrió la sentencia y adujo que se basó en un relato de la víctima que fue “totalmente incoherente y contradictorio”; añadiendo que “con miras en la perspectiva de género (…) se olvidaron del principio de inocencia, que es superior a cualquier perspectiva de género que se quiera dar a una interpretación”.
Schijvarger y Rivarola señalaron que los planteos defensivos debían analizarse “sin perder de vista la situación de discapacidad y de violencia de género en la que estaba inmersa la víctima”, quien además sufría un retraso mental.
“Para valorar esta situación y, en definitiva, comprender qué fue lo que pasó a partir de la primera fuente de información que es el relato (de la mujer), no podemos soslayar que de ambos instrumentos surgió que víctima e imputado compartían el mismo techo, pero que no dormían juntos ni tenían relaciones sexuales. Este es el primer contexto en que debe analizarse el relato, una pareja separada que comparte la casa”, indicaron los jueces.
“Ese contexto no permite interpretar que cuando la víctima, en sede policial, dijo que ‘accedió’ a tener relaciones lo fue porque en el transcurso del avance de la intimidad se arrepintió y decidió que así sea –acotaron–. Nada de lo declarado acompañó ese razonamiento, ni el contexto previo, ni las explicaciones que dentro de sus posibilidades expresivas relató la víctima en el sentido de que fue forzada y que quería irse, pero que no pudo vencer la resistencia física del acusado”.
Más adelante, el TIP subrayó que “propiciar una interpretación en el sentido de que ‘finalmente accedió’ implica consentimiento –tal como propuso el defensor–, equivaldría a descontextualizar ese presunto consentimiento de las circunstancias de modo, tiempo y lugar; prescindiendo del contexto de violencia en el que esto debe ser leído o interpretado, lo que nunca podría arrojar una conclusión de consentimiento válido”.
Por último, Schijvarger y Rivarola expresaron que “tampoco se advirtió en la víctima una motivación espuria para denunciar, ello en razón que de las constancias de la causa surgió la imposibilidad de la señora de pergeñar un invento secuenciado que difiera de la vivencia real”.â
Ramos Padilla prohibió a García-Mansilla firmar sentencias mientras sea juez en comisión, por no tener acuerdo del Senado.
Una madre fue condenada hoy por amenazar y lesionar a su hija de 13 años, ya que la golpeó con una tabla de cocina y un termo y le dijo “si te tengo que matar, te mato” porque llegó tarde a su casa.
El hombre ingresó al centro de salud de Zona Norte, en Santa Rosa, pidiendo una vianda para su hija. Cuando le explicaron que allí no las entregaban, pero que iban a gestionarle la entrega, se alteró, “profirió amenazas intimidatorias contra el personal”, dijo que tenía un arma y que “los iba a matar” y hasta hizo el “ademán de llevar la mano a la cintura”. Ante la intervención del personal policial, se resistió a retirarse del lugar y terminó detenido.
Los defensores de Marcelo Bárzola, Cristian Titarelli y Aquiles Rodríguez, presentaron su renuncia por "motivos privados" justo cuando el juez de control debe decidir sobre la prescripción de la causa.
Mariángeles Mussolini, abogada de Facundo Macarrón, dio detalles acerca del informe del fiscal Pablo Jávega.
Un técnico que arregla celulares fue condenado a tres años de prisión de ejecución condicional por tenencia de pornografía infantil con fines de distribución y comercialización, un delito previsto en el artículo 128 del Código Penal. Además se le incautaron 1.370.000 pesos, una suma que será entregada al Centro de Desarrollo Infantil de General Acha.
A casi una semana de la entrega de las 30 unidades habitacionales del plan nacional "Casa Propia Construir Futuro" en Realicó, y con la totalidad de los beneficiarios ya instalados, señalaron su conformidad con las viviendas.
Desde la Dirección del Establecimiento Asistencial Gobernador Centeno se informó que el paciente oriundo de Realicó, que sufrió quemaduras en un accidente doméstico ocurrido en un departamento de la ciudad de General Pico, ha recibido la asistencia necesaria para su tratamiento. En este sentido informó, que el Gobierno de la Provincia de La Pampa ha implementado todas las medidas requeridas para garantizar su atención integral, como en casos similares.
Con gran interés y una emotiva participación del público, se llevaron a cabo las crónicas de ex combatientes de Malvinas en el Centro Cultural de Realicó. La jornada reunió a cuatro veteranos de guerra que compartieron sus experiencias, recuerdos y emociones.
El hecho lamentable causó malestar. El ramo de flores depositado en homenaje a los veteranos y caídos en la Guerra de Malvinas apareció esta mañana abandonado en un terreno descampado del ferrocarril, a unos 50 metros del monumento. El hecho fue informado por lectores de Infotec mediante un llamado a nuestra redacción, quienes plantearon su preocupación por tal situación.
Finalmente tras la denuncia pública sobre lo ocurrido con la ofrenda floral, pudimos conocer mediante los registros de videovigilancia que fueron dos perros los que se llevaron la ofrenda floral del monumento a Veteranos y Caídos en la gesta de Malvinas.