


Agüero confirmó que apelarán los fallos de Victorica, Rancul y del odontólogo piquense
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Argumentó la decisión en la diferencia sustancial entre lo que pidió la fiscalía, de prisión efectiva, y lo que otorgó la Jueza María José Gianinetto que fue prisión en suspenso. Además agregó que también comentó que se apelará los fallos en el que quedó en libertad el joven que mató a su primo, Denis Olmedo (19 años), a puñaladas en Rancul y por el homicidio del reconocido odontólogo piquense Prodolliet, donde la fiscalía había pedido perpetua pero los jueces le dieron 25 años de prisión.
El 30 de abril pasado, un abogado de la localidad de Victorica recibió una condena de tres años de prisión a cumplir en forma condicional por el delito de abuso sexual simple contra su nieta de seis años en forma reiterado durante al menos tres años.
Durante el debate oral, el condenado se declaró culpable y se probó el hecho “pero como se trató de un juicio de cesura -es decir que el juicio se dividió en dos partes-, se conoció el veredicto” con posterioridad a esa confesión.


La fiscalía solicitó una pena de cinco años de prisión para el imputado y la querella adhirió a esa petición, mientras que la defensa solicitó tres años de prisión en suspenso.
Los argumentos atenuantes de la jueza fueron que Pagella “no registra antecedentes condenatorios” y que los testigos aportados por la defensa “han manifestado que es una persona de buen concepto social, involucrado incluso con causas de significación en la sociedad de Victorica”.
Además, Gianinetto argumentó que el abusador “ejerce su profesión de abogado aún al día de hoy, y se encuentra ya jubilado de su labor como profesor” y consideró que “es en parte sostén económico de su familia y que incluso le da trabajo al padre de la niña y que tiene a su cuidado a su hijo mayor quien posee una “discapacidad intelectual”.
“Si bien se trató de un delito continuado, habiendo tenido por probada la ocurrencia de hechos de abuso sexual, debo recordar que se trató de la modalidad de abuso sexual simple (…) el daño causado no ha representado un grado tal que justifique el pedido de la fiscalía”.
Y argumentó que de la pericia psicológica efectuada la víctima se halló “afectación emocional”, pero no “traumas o trastornos”.






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