
Se reveló el misterio: la obra "Retrato de una dama" es de otro pintor italiano
En un comienzo, se había atribuido al retratista Giuseppe Ghislandi, pero los peritajes informan que el autor es otro pintor italiano.


El juez contravencional de General Pico, Maximiliano Boga Doyhenard, condenó al docente Juan Manuel Lavin, de 38 años, a la pena de 90 días-multa equivalente a la suma total de 249.000 pesos por ser autor de las figuras de acoso sexual y hostigamiento (artículos 94 y 99 del Código Contravencional) en concurso ideal, en perjuicio de dos alumnas de un colegio secundario.
Judiciales17/11/2022
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Además ordenó imponerle la prohibición de toda forma de comunicación y/o contacto con las damnificadas por el plazo de un año; aplicarle una amonestación y exhortarlo a que hechos de esta naturaleza no vuelvan a repetirse.


El magistrado también ordenó una instrucción especial, consistente en la asistencia de Lavín a un curso o programa individual y/o grupal reeducativo en la temática de género, “con la finalidad de modificar los comportamientos que incidieron en la realización de las conductas por los que fuera condenado”.
La audiencia de debate se desarrolló los días 3, 4, 7 y 8 de noviembre. Fue coordinada por Boga Doyhenrad, y contó con la intervención del fiscal Francisco Cuenca y los defensores particulares Gabriela Ayechu y Juan Cruz Goyeneche.
Las pruebas aportadas en el juicio permitieron comprobar que mientras el acusado se desempeñaba como docente de una escuela secundaria acosó y hostigó- mediante insinuaciones físicas y verbales con contenido sexual-, en forma reiterada y de manera directa, a las dos estudiantes.
El juez señaló en el fallo que “dichos acosos u hostigamientos afectaron la libertad de las damnificadas, quienes resultaron perturbadas y modificaron sus hábitos por lo sucedido (…) El acusado generó, en forma reiterada, un ambiente ofensivo y hostil para las mujeres en el aula cuando dictaba su clase, ya sea por sus comentarios displicentes hacia las mujeres como por las insinuaciones físicas y verbales que realizara”.
Luego afirmó que los comportamientos de Lavín constituyeron violencia contra la mujer y fueron expresiones “de una cultura patriarcal que, pese a las obligaciones convencionales y constitucionales antes aludidas, aún pervive y se expresa en situaciones de discriminación y vulnerabilidad para las mujeres, niñas y adolescentes”.
“Es indiscutible que la conducta reprochada resultó violenta, afectando seriamente el derecho de las jóvenes mujeres de vivir una vida libre de violencia y ejerciendo su derecho a la educación en un ámbito escolar tranquilo; sin sobresaltos ni riesgo de experimentar situaciones indeseables, con miedo de ser víctimas de un acoso sexual o que se efectúen junto con el contenido educativo comentarios discriminatorios y denigrantes hacia la mujer”, acotó Boga Doyhenard.
Más adelante agregó que “ el (...) caso que nos ocupa no es una cuestión menor, en razón de que para la solución del mismo deberán abordarse cuales son los límites que el docente de un colegio debe respetar al vincularse con sus alumnos/as durante la actividad educativa, tanto dentro del espacio escolar (aula) como fuera de él (vía pública, redes sociales, etc.), y en todas las modalidades de interacción, ya sea física o verbal, dado que la transgresión de ese límite puede constituir desde un comportamiento inadecuado que motive un sumario administrativo escolar, la configuración de un delito, o la comisión de figuras contravencionales como el acoso sexual y el hostigamiento como se ha acusado en el caso que nos ocupa."
Para fijar la pena, el magistrado valoró como circunstancias agravantes –en coincidencia con la fiscalía– la reiteración de los hechos y que la modalidad de acoso configura una forma de violencia contra la mujer, de acuerdo a la ley 26485 de Protección Integral a las Mujeres. También consideró que Lavín “se aprovechó de una posición de autoridad o jerarquía sobre las víctimas en razón del género, de su mayoría de edad, y de su condición de docente de las damnificadas”, y que cometió los hechos “mientras se desempeñaba en un empleo público como docente del Ministerio de Educación, siendo dicha tarea remunerada con los impuestos que pagan los ciudadanos”.
Finalmente Boga Doyhenard expresó que “por las características de los hechos denunciados que damnifican a jóvenes mujeres, en un contexto de violencia de género cometido en el ámbito educativo, y dados los resultados exitosos alcanzados por el Programa ‘Educación + Justicia’ implementado por el Superior Tribunal de Justicia (…), considero pertinente y necesario sugerir la incorporación de la temática de esta sentencia y la prevención del acoso sexual en el ámbito escolar como aspectos problemáticos a ser abordados en dichas jornadas con los estudiantes”.





En un comienzo, se había atribuido al retratista Giuseppe Ghislandi, pero los peritajes informan que el autor es otro pintor italiano.

La entidad sostuvo que cumplió con todas las obligaciones legales y denunció irregularidades administrativas del organismo de control.

La audiencia se realizó este viernes en el Centro Judicial Santa Rosa. El Ministerio Público Fiscal rechazó el beneficio al advertir que el condenado conviviría con niños y cuestionó la validez de los cursos que redujeron su pena.

De este modo continúan en vigor las restricciones dispuestas por el Tribunal Oral Federal 2.

El juez federal Ricardo Basilíco había rechazado otorgarle el beneficio.

En el mismo se estableció que su empresa se quedaba con el 30 por ciento de lo que recaudaba la entidad en el exterior.







La Cooperativa de Servicios Públicos Realicó Limitada, comunica el fallecimiento de su socia Yolanda Arzani viuda de Khoury a la edad de 88 años. Casa de duelo calle Canalejas 1.593. Sus restos que son trasladados a Realicó, recibirán sepultura el 17 de enero de 2026 a las 11:30 horas, previo responso en la Iglesia.

En un contexto de fuerte ajuste y con la decisión del Gobierno provincial de no otorgar sumas fijas, dos localidades del norte pampeano se desmarcaron. Ceballos otorgó hasta $500.000 a parte de su personal, mientras que Quemú Quemú depositó un refuerzo de $200.000. La medida genera incomodidad en el resto de los intendentes que aducen falta de fondos.

Un hombre de 46 años perdió la vida este viernes en un establecimiento rural cercano a la localidad cordobesa. El accidente se produjo cuando intentaba acoplar una unidad a un camión y quedó atrapado entre ambos vehículos. A pesar de ser trasladado de urgencia, falleció debido a la gravedad de las lesiones sufridas.

El Presidente de la Nación sorprendió a los asistentes del Festival Nacional de Doma y Folklore al compartir un dúo con el artista salteño. Milei, quien manifestó su "amor salvaje" por la provincia de Córdoba, fue invitado al escenario del Anfiteatro José Hernández para entonar uno de los máximos hits del folclore argentino ante un estadio repleto.

El hombre, de 60 años, fue encontrado sin vida este martes en el Camping Nahuel Pan, ubicado en el ingreso a la ciudad. Intervinieron la Policía, Criminalística, Fiscalía y personal de salud, que descartaron signos de violencia.

El sospechoso, de 53 años, fue arrestado en un bar de la zona céntrica de Córdoba cuando habría intentado pagar una consumición con billetes apócrifos.

La Cooperativa Popular de Electricidad de Realicó Limitada comunica el fallecimiento de su socia Purísima Concepción Ayala a la edad de 86 años en la localidad de Damián Maisonnave. Sus restos que son trasladados recibirán sepultura el 18 de Enero de 2026 a las 9.30hs. previo responso.

Un grave siniestro vial ocurrido este sábado por la tarde en la Ruta Nacional 7 dejó como saldo dos personas fallecidas, luego de una violenta colisión entre una camioneta y un camión de gran porte. El hecho se registró alrededor de las 15:30 horas, a la altura del kilómetro 207, y generó un importante operativo de emergencia en la zona. El conductor del camión, que sería pampeano, resultó ileso.







