
Ordenó elevar indemnización a padres de niña con parálisis cerebral por mala praxis.


Una mujer de 72 años fue condenada ayer a tres años de prisión en suspenso y cuatro años de inhabilitación para conducir todo tipo de vehículos con motor que requieran autorización de autoridad competente, por ser autora del delito de lesiones gravísimas culposas ocasionadas por la conducción imprudente, negligente o antirreglamentaria de un vehículo con motor. La víctima, de 44 años, se halla en estado vegetativo.
Judiciales14/09/2024
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LA PAMPA | Esta es la máxima pena que podía caberle, ya que el artículo 94 del Código Penal establece que “se impondrá prisión de un mes a tres años (…) e inhabilitación especial por uno a cuatro años, el que por imprudencia o negligencia, por impericia en su arte o profesión, o por inobservancia de los reglamentos o deberes a su cargo, causare a otro un daño en el cuerpo o en la salud”.


La sentencia fue dictada por el juez de control santarroseño, Carlos Matías Chapalcaz, al homologar un acuerdo de juicio abreviado presentado por el fiscal Marcos Sacco, el defensor particular Román Oscar Fiorucci y la imputada, Perla Colla, una productora agropecuaria domiciliada en la zona rural de Ataliva Roca y quien aceptó su culpabilidad. Los familiares de la víctima, al ser notificados de ese acuerdo, dieron su conformidad.
El hecho probado ocurrió el pasado 6 de marzo a las 10.15 en avenida Perón y Utracán. Colla, que manejaba una camioneta Ford Ranger, colisionó contra el lateral derecho de una moto Yamaha 125 cc., que circulaba por la rotonda ubicada allí. La acusada, “no acatando la señal de ‘ceda el paso’ para quienes ingresan a la rotonda” embistió al motociclista, quien “se encuentra en coma persistente, en estado vegetativo”, detalló el juez en el fallo.
De acuerdo a las pruebas incorporadas al expediente, “sobre la calzada por donde transitaba Colla, y previo al ingreso a la rotonda, existe una señal de restricción de ‘ceda el paso’, que significa que ‘se pierde la prioridad de paso que se tenía por regla general, no siendo necesario detener la marcha siempre que se asegure el paso prioritario del que cruza por la vía transversal’”, agregó Chapalcaz.
“En este caso, la conducta antirreglamentaria desarrollada por la imputada, se vio reflejada en hacer caso omiso a la prioridad de paso establecida por el texto legal, la cual se encontraba reforzada por la correspondiente cartelería”, acotó.
En los abreviados convenidos entre fiscales/as y defensores/as, los jueces y juezas no pueden imponer penas más severas que las requeridas por el Ministerio Público Fiscal porque así lo establece el Código Procesal Penal de La Pampa.
También el Código especifica que un juez o jueza solo puede rechazar esos cuatro por cuatro causales: 1) cuando se hubieran acordado montos punitivos que excedan los límites del artículo 364 (hasta 12 años de prisión); 2) cuando se hubieran acordado materias vedadas al procedimiento abreviado, ya sea por normas sustanciales o procesales, o por doctrina consolidada del Superior Tribunal de Justicia; 3) cuando ya se hubiera presentado el mismo acuerdo y no se hubieran subsanado las causales del rechazo anterior; y 4) cuando existiere pluralidad de acusados y el otorgamiento a uno solo de ellos comprometa la obtención de la verdad jurídica objetiva. Como no se dio ninguna de esas causales, Chapalcaz homologó el acuerdo.
Por tratarse de una pena en suspenso, a Colla se le impuso además el cumplimiento de pautas de conducta durante dos años (fijar residencia y someterse al cuidado de la Unidad de Abordaje, Orientación y Supervisión de personas en conflicto con la ley penal).​




Ordenó elevar indemnización a padres de niña con parálisis cerebral por mala praxis.

El tribunal lo dispuso después de que la Corte Suprema dejara firma la sentencia contra el ex funcionario kirchnerista.

Se tratan de tres abogados, un contador y otras tres personas más.

El Tribunal de Audiencia de Santa Rosa impuso al acusado una pena de cinco años de prisión efectiva y diez años de inhabilitación para conducir. Familiares y amigos de la víctima realizaron una vigilia frente al Centro Judicial durante la lectura del fallo.

El hecho ocurrió en la localidad de Rosario y la medida también alcanzó a los tres presuntos cómplices.

“Abusó de su cargo público al solicitar dinero de manera indebida”, consideró la magistrada María Cecilia Córdoba.







La Dirección General de Defensa del Consumidor de La Pampa, dependiente del Ministerio de Gobierno y Asuntos Municipales, aplicó multas que en conjunto superan los 4,7 millones de pesos a distintas empresas por infracciones a la Ley Nacional 24.240 de Defensa del Consumidor. Las sanciones, publicadas en el Boletín Oficial, forman parte de una política de control más rigurosa impulsada por el organismo que encabeza Florencia Rabario.

El conductor se retiró de “Argenzuela” y explicó los motivos.

Sucedió en plena competencia durante el último tramo del Rally de La Toma, en la provincia de San Luis. Su navegante, Pablo Micarelli, lucha por su vida con pronóstico reservado.

Un violento episodio ocurrido a plena luz del día en el barrio Alberdi de Río Cuarto volvió a estremecer a la ciudad. Un hombre de 31 años fue asesinado y una mujer resultó gravemente herida tras un tiroteo registrado frente a la escuela Nueva Argentina, justo cuando salían los alumnos del establecimiento.

Un incendio registrado durante la tarde de hoy generó alarma en plena Ruta Nacional 35, cuando una camioneta que transportaba piletas de fibra fue alcanzada por las llamas mientras circulaba en sentido norte–sur hacia Santa Rosa.

Un grave incidente policial se registró durante la madrugada de este lunes en la localidad de Rancul, cuando dos hombres mayores de edad agredieron a un efectivo policial de la Comisaría Departamental y en la reyerta le sustrajeron su arma reglamentaria.

El proyecto, que asciende a $2,335 billones, mantiene el equilibrio fiscal y no prevé tomar deuda. El Gobierno provincial advierte que la recesión y la falta de fondos nacionales limitarán la capacidad de inversión y desarrollo.

El Ministerio de Salud de La Pampa dispuso una actualización en el esquema de categorización de pacientes que se atienden en hospitales y centros de salud públicos. La medida, formalizada a través de la Resolución 2810/25 firmada por el ministro Mario Rubén Kohan, redefine los parámetros económicos que determinan qué personas deben abonar por medicamentos, tratamientos y estudios, según sus ingresos familiares, cobertura médica y lugar de residencia.







