
Triple crimen: Florencia Ibañez declaró que Celeste Guerrero se refirió a “un traidor” en la previa del juicio
En medio de su declaración, expuso a su par que, según el mismo relato, habría “golpeado la pared y gritado groserías”.
El juez de audiencia de juicio de General Pico, Federico Pellegrino, condenó hoy a Carlos Alberto Gutierrez de 47 años, como autor material y penalmente responsable de los delitos de abuso sexual con acceso carnal, agravado por la situación de guarda, como delito continuado y tenencia de representaciones de partes genitales de menores de edad, en concurso real; a la pena de nueve años de prisión de efectivo cumplimiento.
Judiciales12/04/2019El juicio oral se llevó adelante los días 3, 4, 5 y 8 de abril del corriente año, con la actuación unipersonal de Pellegrino y la intervención del fiscal Luciano Rebechi, el defensor particular Abel Tanus Mafud, en carácter de querellante particular el abogado Pablo Rodríguez Salto y la abogada Andrea Haeublein.
Durante el debate se presentaron pruebas donde se acusaba al imputado abuso cuando la niña tenía entre 4 y 5 años de edad. También se lo acusó de tener en su poder imágenes fotográficas pornográficas de menores de edad en su notebook.
En los alegatos de clausura el representante del Ministerio Público Fiscal expresó que “se encuentran probados los hechos investigados y la autoría del imputado en los mismos ” y solicitó que se condene al imputado a la pena de nueve años de prisión.
La parte querellante solicitó que se imponga la pena de diez años de prisión para el imputado. En tanto la defensa entendió que su defendido debía ser beneficiado por el principio de la duda, solicitó la absolución y agregó que “subsidiariamente en caso de no coincidir, solicita se lo condene por el mínimo penal previsto para el delito de `abuso sexual simple`, sin la agravante ya que dicha condición no ha sido probada. Por lo tanto y dado el tiempo que lleva bajo la condición de prisión preventiva, solicita se ordene en el momento de dictar sentencia, la inmediata libertad”.
Por su parte el juez, en referencia al delito de abuso sexual con acceso carnal , expresó que “en el convencimiento de existencia de los hechos investigados habré de resolver en consecuencia resultando encuadrable la conducta del imputado en la figura típica receptada por el tercer párrafo de art. 119 del C.P., en cuanto contempla el acceso carnal vía oral. “
Adhirió a la moción de la fiscalía y la querellan en cuanto a la aplicación del agravante en función que el imputado se encontraba a cargo de la guarda circunstancial de la menor. Y agregó que “la madre dejaba a la pequeña al cuidado de su niñera de confianza, existiendo un trato familiar de años, habiendo incorporado al imputado a ese domicilio hacía ya tiempo, resultando quien ´cuidaba´ a la menor ante la ausencia de su pareja. Es precisamente esa cercanía y confianza la que le permitieron el contacto, sin sospecha alguna de la familia.(…) Esa circunstancia de resultar el guardador temporal agrava la figura básica”.
En cuanto a la existencia de delito continuado, el magistrado expresó que “estimando que la reiteración de los abusos y su imposibilidad de determinación en su cantidad, configuran la existencia de delito continuado”.
Por último, en referencia al delito de tenencia de fotografías de carácter pornográfico de menores de edad, Pellegrino agregó que “la tenencia del material prohibido en poder del imputado resultó acreditada por el informe y testimonio del perito de la Agencia de investigación científica. La minoridad de los niños expuestos fotográficamente, en un caso resulta por demás de obvia, y en los otros, obra el informe y testimonio del médico forense”.
Al momento de merituar la pena a imponer , Pellegrino tuvo en cuenta “que los montos mínimos establecidos, sobre todo para la figura de abuso sexual, resultan ser muy elevados, -necesariamente- para fijar la pena, deberé partir de ellos, considerando a favor el imputado, la ausencia de antecedentes condenatorios y su historia de vida, advirtiendo, en contrario sensu, como elementos agravantes, la reiteración y multiplicidad de hechos ya descrita, la escasa edad de la víctima, la extensión del daño causado, las actuales secuelas en el desarrollo evolutivo de la menor y su estado de indefensión”.
En medio de su declaración, expuso a su par que, según el mismo relato, habría “golpeado la pared y gritado groserías”.
El fiscal agravó la acusación, la cual ahora contempla una pena más elevada. Entre los gobernadores, se encuentra el pampeano Sergio Ziliotto.
La abogada de Facundo Macarrón presentará un recurso de Casación ante el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba.
El juez Diego Ambrogetti ordenó tres meses de prisión preventiva para Matías Gabriel Romero, acusado de ingresar a una vivienda del barrio Ranqueles VII, robar varios objetos y causar la muerte del perro de la familia. La Fiscalía presentó pruebas de ADN y prendas que lo vincularían al hecho.
El Superior Tribunal de Justicia declaró hoy inadmisible el recurso de casación interpuesto por el médico Jorge Luis Rigutto y confirmó la condena a cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo, y el pago de una multa de 3.000.000 de pesos, por ser autor de los delitos de falsificación material de documento privado en cinco oportunidades, como delito continuado; en concurso real con cohecho activo agravado.
Luego de su vínculo con el empresario Federico Fred Machado, comenzaron las averiguaciones en el inmueble del funcionario libertario.
El aeropuerto de General Pico volvió a recibir vuelos comerciales regulares, tras varios años sin conexión directa con Buenos Aires. La empresa American Jet inició el servicio con cuatro frecuencias semanales hacia el Aeroparque Jorge Newbery, marcando un nuevo capítulo para la conectividad aérea del norte pampeano.
La Justicia formalizó este miércoles al conductor de la camioneta que el martes por la noche atropelló y provocó la muerte de una niña de 3 años en la localidad de Catriló. El hombre, de 58 años, fue imputado por “homicidio culposo” y se le dictó arresto domiciliario con custodia por un plazo de 30 días.
La periodista y locutora pampeana Agustina Peñalva, oriunda de Rancul y actual integrante del equipo de C5N, realizó un conmovedor testimonio en vivo en el que relató el calvario que atraviesa desde hace varios meses a raíz del acoso y hostigamiento constante de un hombre, a quien identificó al aire como el economista Walter Graziano.
El economista y ex panelista televisivo Walter Graziano habló públicamente por primera vez luego de ser denunciado penalmente por la periodista ranculche Agustina Peñalva, integrante del canal C5N, quien lo acusa de acoso y hostigamiento.
Un empleado que trabajaba con la víctima fue detenido y el amigo del fallecido fue quien hizo la denuncia por sospechar de los mensajes de WhatsApp.
Un nuevo siniestro vial se cobró la vida de un automovilista pampeano en la tarde de este jueves, elevando a 42 el número de víctimas fatales en rutas y calles de la provincia en lo que va del año.
Una fuerte tormenta provocó el derrumbe parcial de un supermercado en una localidad cercana a la capital tucumana. Tres personas resultaron heridas y la policía tuvo que intervenir ante intentos de saqueo por parte de un grupo de vecinos.
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